VALÈNCIA. (EFE). La titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional del procedimiento en el que investigaba presuntas irregularidades en el contrato de publicidad concedido por el Ministerio de Vivienda a Crespo Gomar, la consultora que trabajó para el PSPV y ha sido investigada en varias causas. Se trata del último caso cuya instrucción permanecía abierta por la presunta financiación irregular del PSPV y Compromís.
Así lo ha acordado la magistrada en un auto fechado este pasado jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, y contra el que cabe recurso en un plazo máximo de cinco días. Estas diligencias estaban abiertas por la posible comisión de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos y se ha archivado provisionalmente a petición de los acusados, la Abogacía del Estado --que representaba a otros de los hasta ahora imputados-- y con la adhesión de Fiscalía y frente a la oposición de la acción popular, el PP y diputados del grupo 'popular' en Les Corts.
La jueza concluye que "no resulta debidamente justificada la perpetración de los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos". En todo caso, la instructora ha acordado remitir las actuaciones llevadas a cabo en la investigación al Tribunal de Cuentas por si existiese responsabilidad contable.
Concretamente, en esta causa se investigaba un expediente del Ministerio de Vivienda del año 2008 relativo al adjudicación de un concurso a la empresa de comunicación Crespo Gomar para la realización de la creatividad de la campaña de publicidad institucional para difundir los contenidos del Plan Estatal 2009-2012, que tenía el objetivo de favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. El importe del contrato fue de 126.000 euros.
En su exposición, la instructora señala que "es cierto que el informe pericial elaborado por un perito del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado (...) detecta irregularidades" pero estas "han sido desmontadas por los investigados con sus declaraciones y con la prueba documental", por lo que considera que "no existe delito de prevaricación".
"No cabe hablar tampoco de delito de malversación" --continúa la resolución--, puesto que la conducta de Alberto Gomar, adjudicatario de la licitación, "de ser punible, lo sería con las penas previstas para el delito de apropiación indebida". Esto es, añade, porque "no hay ningún indicio para presumir que los funcionarios públicos investigados sustrajeren el importe de 126.208 euros".
Asimismo, indica la jueza que "si tal y como sospecha la acción popular, el trabajo no se entregó, o si se entregó luego no se desarrolló, el acta de recepción contendría una falsedad y por consiguiente se habría cometido un fraude" pero de este "tampoco hay indicios racionales bastantes para continuar".
"Respecto a la hipótesis de que si se entregaron los trabajos, no se desarrollaron en la posterior difusión informativa, que pasaba por una nueva licitación, es una cuestión ajena a los hechos investigados en el presente procedimiento, y desde luego, no imputable a los aquí investigados, todo ello sin perjuicio de la investigación que pueda desarrollarse por el Tribunal de Cuentas, al que se va a deducir testimonio con el tanto de culpa, por si existiese responsabilidad contable", zanja la magistrada.
Esta causa fue remitida por el Juzgado de Instrucción número 21 de València, que comenzó la investigación por prevaricación, malversación y delito electoral en diciembre de 2016 tras recibir un informe de la Policía sobre una supuesta financiación irregular de PSPV y Compromís entre los años 2007 y 2011.
Posteriormente, tras la práctica de distintas diligencias y con el informe favorable de la Fiscalía, este órgano judicial se declaró "no competente" para proseguir con instrucción al descartar que los hechos indiciariamente delictivos se hubieran cometido en el partido judicial de València, por lo que se inihibió a favor de juzgados de Gandia, Benidorm y Madrid.
Posteriormente, el Juzgado de Instrucción número 1 de Benidorm decidió en mayo sobreseer la causa relativa a la contratación de los 'opinómetros' de la localidad, mientras que en Gandia el juzgado tomó la misma decisión en la investigación por la compraventa de un local por la Federación Valenciana de Fútbol a la mercantil Mora Gomar SL, vinculación familiar con la consultora Crespo Gomar.
El juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, por su parte, archivó el pasado mes de noviembre las actuaciones relativas a un contrato del Ministerio de Sanidad con Crespo Gomar, y ahora llega este archivo provisional por el contrato del Ministerio de Vivienda.