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Camps solicita el archivo de la causa de la visita del Papa

Foto: EVA MÁÑEZ
27/06/2019 - 

VALÈNCIA. El abogado del expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps ha presentado un escrito en el que solicita el archivo de la causa que investiga las presuntas irregularidades en once contratos con empresas contratistas de la Generalitat en la visita del Papa Benedicto XVI a València.

Según expone el letrado Pablo Delgado en el escrito, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, "de lo actuado no se vislumbra la comisión de ilícito penal en el que pueda haber estado Francisco Camps, ni advertimos que los hechos objetivos analizados revistan ni para mi patrocinado, ni para ninguno de los investigados, la calificación típica con la que se inició la querella".

Delgado asegura, como lleva haciendo desde hace años, que las causas contra el expresidente son meramente políticas. Así, en su escrito afirma: "La presunción de inocencia debe ponderarse como derecho fundamental susceptible de protección por encima de la inconsecuente persecución que supone seguir con una causa, respecto de todas o determinadas personas, sin que existan ni se esperen indicios de incriminación por la mera necesidad de dar satisfacción a planteamientos políticos".

Y añade que la imputación constituye "una fuente de sometimiento al proceso y, por tanto, supone, o puede suponer, también, una afectación del principio de presunción de inocencia", pues para imputar a alguien "debe existir un fundamento". El letrado hace una reflexión concienzuda sobre la presunción de inocencia, la "pena de banquillo" y lo que debe hacer un magistrado durante la instrucción de una causa con las personas que declaran como investigadas.

De todo ello, concluye que "de las presuntas irregularidades denunciadas y de las actuaciones realizadas no resulta acreditada ni siquiera indiciariamente señalada la adopción de acuerdo alguno que resulte palmariamente contrario a la legalidad".

Prevaricación y malversación

Pero más allá del hecho de que no hubo delito a su juicio, el letrado entra a valorar la posible prescripción de los hechos investigados. Explica que "no cabe predicar el carácter continuado del delito de prevaricación", por cuanto, respecto a Camps, "su actuación se limita exclusivamente a formalizar en escritura pública la constitución de la Fundación del V encuentro mundial de la familia", acto, al que compareció "en su calidad de presidente de la Generalitat" el 17 de septiembre de 2004 a través de un acuerdo de pleno del Consell.

Camps con su abogado, Pablo Delgado. Foto: EVA MÁÑEZ

Un acuerdo que fue emitido, añade, con los "debidos informes de intervención y fiscalización", para dotación y determinación de crédito y legalidad de la aportación, así como de los "propios informes de la Abogacía de la Generalitat y de los servicios jurídicos de la Conselleria". El abogado asegura que esa fue "la única actuación" de Camps en este tema, y añade que todos los informes son favorables, salvo uno impulsado por la vicepresidente Mónica Oltra que realizó "una empresa privada" en el que se habla de "pérdida patrimonial".

Debido a todo ello, la defensa de Camps no ve un "delito continuado", lo que supondría que, de haber delito, estaría prescrito por los años transcurridos desde la firma del expresidente en el pleno del Consell. Delgado lo explica diciendo que "la hipotética prevaricación no solo no existe, sino que se habría consumado al tiempo de la constitución de la fundación únicamente, siendo dicho acto el que, por sí solo, constituiría el tipo de injusto de la prevaricación. No existen actos posteriores que puedan ser susceptibles de conformar la reiteración en la comisión del delito de prevaricación".

En cuanto al segundo delito del que está acusado Francisco Camps, la malversación de caudales públicos, el escrito asegura que "no solo no existe indicio alguno de haberse cometido la malversación agravada del párrafo, es que no existe indicio alguno de haberse cometido malversación".

Diez investigados

Los instructores de esta causa investigan, por los presuntos contratos fraudulentos, a diez personas entre las que destacan, además del expresidente de la Generalitat y presidente de honor de la fundación, el exconseller y expresidente de Les Corts Juan Cotino; el obispo auxiliar y presidente de dicha fundación Esteban Escudero; el secretario del patronato y exvicepresidente del Consell Víctor Campos; Francisco Javier Jiménez Fortea, y los comisionados de la fundación V Encuentro Antonio Corbí, Enrique Pérez Boada -exconcejal y exdirector del Instituto Valenciano de Finanzas- y Henar Molinero, ex alto cargo del Consell, que hacía las labores de secretaria en la fundación.

Hasta ahora, la pugna entre las defensas y el fiscal se centra en dilucidar si la fundación era una entidad pública o privada en el momento en que la Generalitat asumió la deuda, ya que el Ministerio Público acusa de malversación de caudales públicos y prevaricación, delitos que no existirían en el caso de que se tratara de una fundación privada. Con estas nuevas declaraciones, el fiscal Anticorrupción Jesús Carrasco tratará de demostrar que la Fundación V Encuentro era pública, lo que le permitiría seguir adelante con el procedimiento.

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