VALÈNCIA. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha autorizado la fusión por absorción de Bankia por Caixbank en primera fase. La operación está subordinada al cumplimiento de los compromisos presentados por Caixabank, dando lugar a la fusión de la tercera y la cuarta entidad bancarias del país, pasando a convertirse, la entidad resultante, en la líder en el mercado de servicios bancarios, concretamente en todos los segmentos de banca minorista.
Aparte del mercado de servicios bancarios (mercado de banca minorista, banca corporativa, banca de inversión y mercado de factoring), la fusión afecta también a los mercados de emisión de tarjetas, TPV y mercado de cajeros, así como a la producción y distribución de seguros y la gestión de planes y fondos de pensiones, en los que las partes están simultáneamente presentes.
Tras el análisis de todos estos mercados, la CNMC ha concluido que la operación no supondrá una amenaza para la competencia efectiva en los mercados de banca corporativa, banca de inversión, factoring, tarjetas, TPV, producción y distribución de seguros y gestión de fondos y planes de pensiones. Y ello porque, en estos mercados, o bien las cuotas resultantes no son preocupantes o bien la adición de Bankia es reducida, por lo que no se produce una modificación relevante de la estructura competitiva de mercado previa a la operación, y existe presión competitiva suficiente en todos ellos.
Sin embargo, el análisis realizado concluye que la operación supone una amenaza para la competencia efectiva en determinados ámbitos del mercado de banca minorista. Así, para el mercado de sucursales, además de realizar el análisis a nivel nacional y provincial, y a la vista de los elevados índices de concentración derivados de la operación en determinadas provincias, se ha llevado a cabo un análisis local identificando todos aquellos códigos postales en los que las partes solapan sus actividades, realizando un exhaustivo análisis de cuotas de mercado y número de competidores existentes en los entornos locales más afectados.
Como resultado de este análisis, se han identificado 86 códigos postales en los que la entidad resultante quedará, bien en una situación de monopolio (la nueva entidad será la única entidad bancaria presente en 21 CCPP) o en situación de duopolio expuesta a débil presión competitiva, en un radio de 1,5 kilómetros desde la sucursal en otros 65 CCPP.
Tras comparar productos y condiciones ofrecidas en los distintos segmentos de mercado por ambas entidades y sus principales competidores, se ha concluido que la nula o reducida presión competitiva en estas zonas otorgará a la entidad resultante un elevado poder de mercado que podría influir en su comportamiento, con posibles efectos adversos para los consumidores ubicados en dichos CCPP.
En particular, se ha identificado un riesgo de exclusión financiera en aquellos lugares donde estén presentes únicamente las partes, debido a la posibilidad de cierre de las oficinas bancarias presentes en dichas zonas tras la fusión. Asimismo, en aquellos entornos en los que no existe una suficiente presión competitiva por parte de terceros operadores, podría producirse un empeoramiento en las condiciones comerciales para los actuales clientes de Bankia.
Adicionalmente, el análisis del mercado de cajeros automáticos ha puesto de manifiesto que, para los clientes de terceras entidades que tenían suscritos acuerdos con Bankia(como ING, BANCO SABADELL y las entidades pertenecientes a la red Euro6000), una posible ruptura de los acuerdos, como consecuencia de la fusión, supondría para ellos dejar de acceder a la red de cajeros de Bankia en las condiciones en las que venían haciéndolo y tener que pagar una comisión más elevada. Esta situación sería especialmente perceptible en las localizaciones en las que la posición de Bankia en el mercado de cajeros es especialmente relevante.
A la vista de los problemas de competencia identificados, las partes han propuesto una serie de compromisos a los que queda subordinada la operación. En relación con los riesgos de exclusión financiera y el posible endurecimiento de comisiones y condiciones comerciales, Caixabank se ha comprometido a:
En relación con los riesgos derivados de una posible ruptura de los acuerdos existentes entre BANKIA e ING, por un lado, y con EURO6000 y BANCO SABADELL, por otro, para el uso de sus cajeros automáticos, y sin perjuicio de lo previsto en los acuerdos suscritos, CAIXABANK se ha comprometido a:
Por último, en relación con las participaciones minoritarias comunes de CAIXABANK y BANKIA, se compromete a cumplir con las obligaciones que establecen los respectivos estatutos y pactos de socios en cuanto a la desinversión del porcentaje de participación del capital social que exceda del límite previsto como resultado de la operación, comprometiéndose a no ejercer en ningún caso los derechos de voto asociados a la proporción de capital proveniente de BANKIA en la parte que exceda los límites de participación hasta su desinversión.