VALÈNCIA. Ni uno, ni doce. Finalmente las convocatorias de subvenciones por concurrencia competitiva estarán exentas de la necesidad del visto bueno del Consell cuando la cuantía total sea menor de seis millones de euros. Los diferentes socios del Gobierno valenciano -PSPV, Compromís y Unides Podem- habían mantenido posturas divergentes en esta flexibilización de la gestión económica, pero tras semanas de discrepancias y negociaciones, han convenido en fijar el límite en la mencionada cifra.
Se trata de una de las disposiciones incluida en el decreto que prepara la Generalitat Valenciana desde hace meses para acelerar la ejecución de los fondos europeos de recuperación. Pero lo cierto es que la futura norma va más allá del plan europeo de recuperación y también cambia leyes valencianas para restar burocracia en la gestión de la administración autonómica. Su alumbramiento no ha sido del todo sencllo, con varios aplazamientos y diversos desencuentros por el camino.
El primer retraso se produjo el pasado 18 de febrero cuando el PSPV llevó el texto originario del decreto a la reunión del consellet -cita previa al pleno del Ejecutivo a la que asisten secretarios autonómicos y subsecretarios para ordenar las cuestiones que se debatirán y aprobarán al día siguiente-. Pero lo hizo fuera del orden del día y esto provocó un profundo malestar entre los miembros de Compromís y Unides Podem, que se negaron a aprobar el decreto al pleno del viernes. Más tarde, remitieron sus propuestas de modificación del texto. Y tras varias semanas de silencio, se sucedieron las negociaciones.
Finalmente, el texto acordado por los tres socios del Botànic llega previsiblemente este jueves santo al pleno del Consell para su aprobación. El documento, al que ha tenido acceso este diario, está pendiente de validación previa por parte de la Abogacía de la Generalitat. Pero el texto provisional pone fin a una de las disputas abiertas entre las tres fuerzas: las subvenciones que las consellerias dan por concurrencia competitiva y a partir de cuánto dinero precisan la aprobación previa de todo el Gobierno.
Hasta ahora, la ley de Hacienda Pública valenciana fija que el Ejecutivo tiene la competencia de validar estos procesos cuando superen el millón de euros. Pero en el decreto elaborado por los socialistas se cambiaba esta norma para elevar el rasero a los doce millones de euros, algo con lo que no estaban de acuerdo ni Unides Podem ni Compromís al ver demasiada manga ancha en esta modificación. De hecho, la Conselleria de Participación pedía no tocar el límite marcado en la legislación y dejarlo en un millón de euros.
Así pues, tras las conversaciones de las últimas semanas, el decreto definitivo -a falta del visto bueno de Abogacía-, cambia la ley de Hacienda Pública pero no en la medida en la que proyectaba el PSPV. A la postre, las diferentes consellerias podrán aprobar ayudas por concurrencia competitiva de hasta seis millones de euros sin necesidad de supervisión previa del Consell. Y además, se introduce un nuevo apartado para que se puedan dar ayudas con una mera declaración responsable del cumplimiento de los requisitos por parte del solicitante, sin perjuicio del control posterior.
Foto: KIKE TABERNER
Por otro lado, también cambia la preferencia por el método de dar ayudas directas sin concurrencia. La actual normativa fija que los convenios debían ser el "instrumento habitual" para estas subvenciones nominativas contempladas en los Presupuestos y que sólo "por razones excepcionales de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas" se podían entregar mediante la resolución de una conselleria . Lo que hace el nuevo decreto es eliminar la excepcionalidad de las resoluciones para aprobar ayudas directas y las antepone a los convenio. Y las que se sigan entregando en virtud de un convenio, no precisarán de informe previo de la conselleria de Hacienda.
En cuanto al pago anticipado de subvenciones, se incluirá una apostilla para que en las bases reguladoras se fije un régimen de garantías en aquellas ayudas que se entreguen por un valor superior a un millón de euros. Asimismo, se aumentará al 30% la cantidad de dinero que se puede anticipar en ayudas a otras administraciones de la Comunitat, puesto que la regulación sólo permitía avanzar un 15% de la subvención.
Otro cambio que se va a implementar tiene que ver con la tramitación de los gastos. El decreto permitirá a las consellerias empezar a tramitar gastos el año anterior a su ejecución sin necesidad de esperar a que se presente en Les Corts Valencianes la Ley de Presupuestos, tal como se producía hasta el momento. Se deberá hacer, eso sí, condicionando la resolución del gasto a que haya crédito adecuado y suficiente.
Por último, de aprobarse el borrador de decreto, la Comisión Delegada del Consell para Asuntos Económicos dejará de tener entre sus funciones la autorización previa de los contratos de servicios de la Administración del Consell y su sector público instrumental.
El capítulo sexto del decreto va dirigido expresamente a la gestión de los fondos procedentes de la Unión Europea. La exigencia de comprometer al menos el 60% del importe total de los fondos recibidos de aquí a final de 2022 y el resto a más tardar el 31 de diciembre de 2023 obliga a "aligerar y acelerar" la tramitación de los procedimientos de competencia de la Generalitat.
El conseller de Hacienda, Vicent Soler. Foto: EVA MÁÑEZ
Para ello, el decreto prevé la tramitación de urgencia y la reducción a la mitad de todos los plazos del procedimiento ordinario en los proyectos a financiar con el eurofondo. Además, se podrá efectuar el desembolso anticipado de cualquier gasto adscrito a este programa hasta un límite máximo del 50% de la cantidad total a percibir y se relaja el control previo de los expedientes de aplicación de los fondos, a los que la Intervención deberá dar prioridad sobre cualquier otro y despacharlos en un plazo máximo de 5 días.
Entre otras cosas, se permite además que en las líneas del programa de recuperación europeo, cada conselleria pueda realizar cambios presupuestarios en sus departamentos sin necesidad de que lo haga el Consell, y algo especialmente relevante es que los remanentes del ejercicio anterior referentes a estos fondos puedan incorporarse al presupuesto del año siguiente pero nunca podrán superar el año 2026.
En este sentido, cada gasto no podrá aplicarse más de cinco años. En el primero y segundo, se podrá disponer del montante total, pero conforme avance el tiempo, se podrá comprometer menos dinero: el 70% en el tercer año, el 60% en el cuarto, y el 50% en el quinto.
En cuanto a las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de proyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras y la convocatoria se aprobarán en un único expediente. No se les aplicará la tramitación general; únicamente deberán tramitarse con carácter de urgencia la resolución de inicio, audiencia e información pública, el informe de la Intervención Delegada y el informe de la Abogacía.
Por otro lado, se permite crear consorcios ad hoc para llevar a cabo proyectos con los fondos europeos, pero su vida estará siempre circunscrita a la ejecución de las actuaciones previstas. O, de otra manera, se podrán adscribir consorcios ya existentes a proyectos financiados a cargo del eurofondo.
El decreto da también un espacio considerable al control y la transparencia en la gestión de este mecanismo de recuperación. Así, se explicita que la información sobre este plan, los proyectos e iniciativas y su gestión, así como el sistema de gobernanza, se publicarán en el Portal de Transparencia de la Generalitat Valenciana, y siempre con formatos sencillos y accesibles.
La consellera de Transparencia, Rosa Pérez. Foto: KIKE TABERNER
Concretamente, se deberá ir publicando todo lo relativo al seguimiento de la ejecución del gasto a cargo de estos fondos, y sobre el grado de avance de las iniciativas e inversiones que se lleven a cabo, incluyendo también los contratos y subvenciones vinculados en cada caso. Además, el Consell deberá fijar los mecanismos para que las administraciones que reciban fondos europeos informen regularmente de su ejecución y gasto. Además a cada línea de gasto se le asignará un código de referencia para asegurar la trazabilidad y su seguimiento.
En el caso de los proyectos gestionados por entidades privadas con fondos europeos, se les deberán exigir ciertos objetivos, así como la estimación del coste, y las entidades en cuestión también deberán remitir información de manera asidua a la administración autonómica.
En cuanto a la gestión de personal a cargo de la Administración de la Generalitat y su sector público empresarial, la prioridad en los próximos años será garantizar la disponibilidad y la calificación suficientes para asegurar la ejecución de las inversiones. Por ello, las subsecretarías de los departamentos que ejecutarán fondos podrán asignar funciones a tiempo parcial a su personal sin que ello comporte cambio de adscripción de la persona ni del puesto de trabajo. Si la tarea asignada es propia de un puesto con mayor retribución, se aplicará el complemento preciso.
Este miércoles de hecho había una reunión entre la Conselleria de Función Pública, que dirige Gabriela Bravo, y los sindicatos, al objeto de informar sobre las disposiciones del decreto en materia de personal. CSIF puso de manifiesto que "no se debe obligar a los empleados públicos a realizar funciones impropias del puesto con carácter forzoso" y pidió introducir la voluntareidad en estos casos.
A esto se suma la posibilidad de crear puestos de trabajo temporales de tres años máximo -con prórroga para otro más- vinculados a los proyectos de los fondos europeos. En este punto, el decreto explica que si no hay gente en las bolsas de empleo o no hay bolsa constituida, se podrá acudir a los desempleados inscritos en las listas del servicio de empleo Labora.
Esta posibilidad de contrataciones a los registrados en Labora no gustó nada a las organizaciones sindicales. El sindicato CSIF, por ejemplo, criticó la desigualdad de criterios para el acceso al empleo de la Generalitat entre los interinos de la administración y los que tendrán los usuarios del servicio valenciano de empleo "La consellera Bravo está abusando de nuevo abusando de una medida excepcional para cumplir con requerimientos políticos", señaló.
La consellera de Función Pública, Gabriela Bravo. Foto: EVA MÁÑEZ
Por otro lado, las Consellerias y entes del sector público instrumental podrán nombrar a un director de programa sin estar sujeto a la regulación de la figura del directivo público profesional. Su elección, eso sí, deberá ser pública y con concurrencia y el elegido estará sujeto a la evaluación de cumplimiento de objetivos. Desde CSIF opinaron que esto supone "un nuevo chiringuito de altos cargos".
Además de todo ello, en el apartado de disposiciones finales, el Consell ha incluido una modificación de la Ley de Asistencia Jurídica de la Generalitat para que el titular de la Abogacía General pueda integrar en el cuerpo de la abogacía de la Generalitat a funcionarios que posean la titulación exigida. Excepcionalmente podrá también habilitar a letrados no funcionarios. A juicio de CSIF, esto es "un precedente muy peligroso en cuanto al acceso a un cuerpo por cauces no reglamentarios" y la organización sindical rechazó este extremo y recordaron que todos los puestos de la abogacía en la OPE de 2016 "se quedaron desiertos al realizar unos exámenes imposibles de aprobar".
Inicialmente, el decreto también contemplaba en la disposición final quinta que los residuos sanitarios como los EPI sometidos a una cuarentena preventiva de 72 horas como mínimo se considerarán residuos no peligrosos, residuos sanitarios de baja actividad, "y podrán ser destinados a su tratamiento final en las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas en la Comunitat". "En este caso, los residuos deberán ser procesados para su destrucción en las instalaciones de coincineración con un mejor funcionamiento operativo y ambiental", establecía el borrador de la norma.
Esta disposición desaparece del texto que va este jueves a aprobación. Al igual que otro de los apartados que recogía, referente a la declaración de interés general de todas las actividades, obras o infraestructuras sanitarias de la Generalitat Valenciana. Algo que finalmente se acabó sacando del decreto para aprobarlo en el Consell de manera independiente.