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El régimen transitorio estará vigente un año más

El Consell amplía el plazo para sumar entidades a la agilización de licencias y no paralizar proyectos

Foto: EDUARDO MANZANA
5/01/2021 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Política Territorial y Obras Públicas ha decidido ampliar el plazo para que las entidades colaboradoras se puedan sumar a la agilización de licencias de obra que permita desatascar el embudo que hay, sobre todo, en los grandes municipios. Tal y como avanzaba este medio, desde el departamento de Arcadi España ya veían insuficiente el marco de seis meses que daba el decreto inicial, por lo que finalmente se ha aprobado una modificación que dé aire a las entidades para acabar de reunir los requisitos necesarios.

La Generalitat aprobaba en mayo un decreto para permitir que entidades externas colaboren en la verificación de las actuaciones urbanísticas con el fin de aliviar la carga a las administraciones locales. Una figura con la que aligerar a los funcionarios municipales y facilitar inversiones que impulsen el crecimiento económico y que no pueden desarrollarse por el atasco de licencias en los consistorios.

Sin embargo, la norma establecía que, para poder revisar proyectos, las empresas debían acreditarse previamente en la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y, posteriormente, inscribirse en un Registro de Entidades Colaboradoras Acreditadas para poder emitir un certificado. A pesar de ello, establecieron un régimen transitorio donde las compañías podían sumarse si estaban inscritas en el Registro General de Entidades de Control de Calidad de la Edificación y en cualquier registro público que habilitara para el ejercicio de funciones de control de actuaciones urbanísticas.

En este contexto, la norma fijaba en seis meses el plazo para conseguir que las entidades obtuvieran la acreditación y pudieran darse de alta de forma definitiva pero en el que podían ejercer la función de colaboración. Un intervalo de tiempo que ha resultado ser muy corto para poder obtener los permisos pertinentes por lo que, a través de un nuevo decreto, han decidido ampliar este plazo un año más, concretamente hasta el 19 de diciembre de 2021

"Si la entidad inscrita de forma transitoria no hubiera obtenido la acreditación de la ENAC antes del 19 de diciembre de 2020, la inscripción transitoria en el RECUV se entenderá prorrogada de forma automática hasta que dicha acreditación sea obtenida y pueda procederse a su inscripción ordinaria en el RECUV. En todo caso, la prórroga del plazo de inscripción transitorio concluirá el 19 de diciembre de 2021", señala la modificación del decreto.

Una ampliación para no paralizar de nuevo actuaciones

Como se apuntaba, no todas las compañías inscritas en el régimen transitorio tenían la acreditación de ENAC, por lo que se les permitía dar servicio a la espera de que, en un plazo de seis meses, pudieran conseguir la misma. En este sentido, dichos entes ya estaban desarrollando funciones como entidades colaboradoras de administraciones municipales. Sin embargo, la finalización del régimen transitorio implicaba su eliminación del registro, por lo que provocaría que proyectos urbanísticos volvieran a quedar paralizados. 

"La pérdida de vigencia de la inscripción en el Registro tendrá como consecuencia inmediata cierta inseguridad jurídica respecto a aquellas actuaciones urbanísticas cuya certificación se haya contratado con anterioridad a la cancelación de la inscripción, pero que no hayan llegado a certificarse", señalan como justificación. Una cuestión a la que suman el perjuicio económico inmediato, por una circunstancia -el certificado de la Entidad Nacional de Acreditación-, "que no depende directamente de su voluntad".

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