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El Consell aprueba la creación del Consejo Autonómico de Salud Mental

22/02/2019 - 

VALÈNCIA. El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se crea y regula el Consejo Autonómico de Salud Mental de la Comunitat Valenciana. Además, se establecen las funciones y composición de los miembros del Consejo.

La Ley de 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, modificada por la Ley 8/2018, de 20 de abril, de la Generalitat, que regula las actuaciones en materia de salud mental dentro del Sistema Valenciano de Salud, y la 'Estrategia Autonómica de Salud Mental 2016-2020' han creado un modelo de atención comunitario, de organización de los servicios donde convergen diversos ámbitos, disciplinas y tecnologías.

Este modelo plantea la necesidad de regular la colaboración y participación multidisciplinar en este campo, mediante la creación y regulación de un órgano consultivo, de seguimiento y coordinación que sirva de cauce para proponer, informar, coordinar, velar y asesorar en materia de salud mental y conductas adictivas.

En este órgano se deben encontrar representadas las administraciones públicas, las asociaciones de pacientes y familiares y las sociedades científicas, así como los profesionales que trabajan en este ámbito.

El Consejo Autonómico de Salud Mental, que se adscribe a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, propiciará la participación activa de todos los agentes implicados, favorecerá el asesoramiento en esta materia y garantizará el conocimiento, por parte de la sociedad civil, de las actuaciones a desarrollar en la Comunitat Valenciana en materia de atención y prevención de las enfermedades mentales.

El consejo se constituirá en el plazo de 30 días desde la entrada en vigor del decreto.

Comisión Permanente de Salud Mental

Asimismo, también se crea la Comisión Permanente de Salud Mental a efectos de dotar de una mayor agilidad y continuidad en el seguimiento de la implementación de los planes o estrategias en materia de salud mental.

Esta comisión se reunirá trimestralmente con carácter ordinario y podrá acordar la creación de grupos de trabajo con personas de perfil técnico y asesor para el estudio, análisis y ejecución de asuntos relacionados con las materias objeto de su competencia que específicamente le sean encomendados, con sujeción a las directrices y plazo que se les determine.

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