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El Consell aprueba la creación y regulación de las comisiones bilaterales con las diputaciones

Tienen por objeto clarificar el ejercicio y distribución competencial entre estas administraciones para profundizar en la autonomía local.

18/09/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). El Consell ha aprobado el decreto de creación y regulación de las comisiones bilaterales de cooperación entre la Generalitat y las diputaciones provinciales de la Comunitat Valenciana.

Las comisiones bilaterales de cooperación, una por cada provincia, tienen por objeto hacer efectiva de forma institucional y estable las relaciones de colaboración entre el Consell y las diputaciones, así como clarificar el ejercicio y distribución competencial entre estas administraciones, con el fin de profundizar en la autonomía local y en las políticas de cooperación.

Las funciones de las comisiones bilaterales de cooperación son estudiar y analizar el sistema de ejercicio competencial y las áreas de coincidencia en las actuaciones de las diputaciones y el Consell; definir el ámbito y condiciones del ejercicio de las competencias locales diferentes de las propias y de las delegadas, así como las posibles transferencias de competencias y de patrimonio.

Asimismo, se encargan de proponer criterios objetivos básicos comunes para los planes específicos de cooperación entre el Consell y las diputaciones en las materias sectoriales, procurando la supresión de duplicidades y la consecución de una mejor eficacia y eficiencia de los servicios públicos.

También se ocuparán de intercambiar información sobre las actuaciones programadas por cada Administración pública en el ejercicio de sus competencias y que puedan afectar a las otras instituciones que integran estas comisiones.

Composición de las comisiones

Cada comisión bilateral será presidida por la persona titular del departamento del Consell con competencias en materia de Administración local, o titular de una secretaría autonómica en quien delegue, y ocupará la vicepresidencia la persona que desempeñe la presidencia de la diputación correspondiente o el diputado o diputada en quien delegue.

Igualmente, las vocalías serán ocupadas por tres altos cargos del Consell con rango no inferior a director o directora general, nombrados por la persona titular del departamento del Consell con competencias en materia de Administración local, así como tres diputados o diputadas de la correspondiente Diputación provincial, nombrados por la persona que ocupe la presidencia de su corporación local.

Las comisiones bilaterales de cooperación se reunirán, con carácter ordinario, como mínimo, una vez cada seis meses, y con carácter extraordinario a iniciativa de su Presidencia. Se procurará que en el nombramiento de los miembros de las comisiones exista una presencia paritaria de mujeres y hombres.

Esta norma se adapta a los principios de necesidad, eficacia, eficiencia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia.

En virtud de los principios de necesidad y eficacia, este decreto se justifica por razones de interés general, puesto que pretende establecer un sistema de cooperación estable en el marco competencial entre la Generalitat y las diputaciones, con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades de la ciudadanía.

Respecto al principio de proporcionalidad, este decreto contiene la regulación imprescindible para atender las necesidades de colaboración y cooperación entre las administraciones públicas, sin que conlleve medidas restrictivas de ningún tipo.

Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, el contenido de este decreto es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, estatal y de la Unión Europea, y pretende crear instrumentos de cooperación para generar un marco normativo estable y que facilite la actuación y toma de decisiones de las administraciones implicadas.

En aplicación del principio de transparencia, se ha posibilitado la participación activa de las instituciones y personas implicadas en su elaboración.

La Generalitat pretende establecer así canales de colaboración y cooperación permanentes con las distintas administraciones públicas, en este caso un vínculo estable con las distintas diputaciones provinciales de la Comunitat Valenciana.

Para ello, se han arbitrado instrumentos de cooperación y colaboración con el fin de evitar disfunciones y al objeto de que todas las gestiones públicas en una misma materia se conecten para poder prestar servicios de calidad a la ciudadanía.

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