sólo poDRÁN mantener el cierre a las 3 de la madrugada si los ayuntamientos lo piden

El Consell propone recortar el horario nocturno de la hostelería en la costa

24/07/2020 - 

VALÈNCIA. 

El Consell quiere recortar el horario nocturno veraniego de los locales de hostelería situados en el litoral salvo en las localidades cuyos ayuntamientos expresen lo contrario. Es lo que se desprende de un proyecto de orden de la Conselleria de Justicia impulsada por la Secretaría Autonómica de Emergencias -dirigida por José María Ángel- que regula los horarios de las actividades recreativas y socioculturales para el año 2021.

La intención del Gobierno valenciano, según este proyecto de orden, pasa por permitir la reversión de unos horarios que se ampliaron hace una década para la hostelería y la restauración de zonas marítimo-terrestres. Este plus horario -de las 01:30 a las 3:00 de la madrugada- se había implantado durante el gobierno del Partido Popular con la intención de "reforzar el papel de estos locales".

Se trata de establecimientos que, por su situación física, "cumplían un cometido beneficioso en las playas y el litoral valencianos", asegura el documento, que recuerda grandes eventos como la Copa América o la Volvo Ocean Race en puntos concretos de la costa valenciana. Citas que, subraya, "supusieron la llegada de un gran número de visitantes y realzaron la demanda y el servicio" de estas actividades hosteleras.

No obstante, aquellas circunstancias ya pasaron y con el paso del tiempo los motivos que antes justificaban esta ampliación han desaparecido. Por ello, el Consell quiere delegar en cada ayuntamiento la decisión de mantener los horarios ampliados en los restaurantes y hostelería costeras de su municipio. Ahora bien, la literalidad del texto, en la práctica, no propone que sean los consistorios los que opten por revocar el horario ampliado, sino todo lo contrario: el que quiera mantenerlo, tendrá que avisar a la administración autonómica.

Concretamente, establece que este tipo de locales "podrán tener un horario de apertura y cierre fijado entre las 10:00 y las 03:00 siempre y cuando el Ayuntamiento [...] lo considere mediante declaración expresa". Una decisión que deberá ser comunicada a la Conselleria competente, en este caso a la cartera de Justicia, dirigida por Gabriela Bravo.

La tipologías específicas de establecimientos afectados son salones de banquetes, restaurantes, cafeterías, bares y salones-lounge que, previa autorización administrativa concedida por el ayuntamiento, estén situadas en las zonas consideradas marítimo-terrestres, incluidas las zonas portuarias, según fija la normativa de espectáculos y confirmaron fuentes gubernamentales.

La orden del año pasado y de aplicación durante 2020 era bien diferente al no abrir la puerta al recorte de horarios. En aquel texto se decía que los mencionados espacios -excepto los salones de banquetes, que se regían por la norma general- podrían abrir hasta las 3:00 de la madrugada "durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre", si bien el resto del año, el cierre sí que era a la 1:30 de la madrugada.

Con la apertura a la supresión de esta suerte de beneficio, se evita también la existencia de cierta competencia desleal motivada por la cohabitación entre restauración y locales de fiesta -pubs y discotecas- durante un período importante de la noche. Eso sí, sólo lo harán aquellos ayuntamientos que no soliciten a la Conselleria de Justicia el mantenimiento de la ampliación horaria nocturna para la hostelería.

Con todo, se trata de un proyecto de orden que acaba de salir a exposición pública. Los interesados o afectados podrán presentar todavía las alegaciones que consideren oportunas. La Conselleria resolverá y como quede el redactado final de la norma se aplicará el próximo año.

Posibilidad de cambios por la covid

Además, la covid-19 también ha entrado de lleno en la orden de este año y la Generalitat Valenciana se guarda la posibilidad de modificar estas reglas si fuera necesario por causas relacionadas con la pandemia. Estos horarios y los que afectan al resto de locales de la Comunitat Valenciana, explica un apartado del texto, "podrán ser objeto de revisión para el caso de que, por motivos de alerta sanitaria o por la evolución de la pandemia provocada por el Covid-19, así se determinase por la autoridad sanitaria".

"No cabe duda -dice el preámbulo- que la crisis pandémica [...] debe tener un reflejo en esta orden". En esta línea, se arguye que "en el supuesto no deseado de agravamiento de la situación sanitaria, resulta evidente que las autoridades competentes pueden adoptar medidas que afecten también al tiempo de funcionamiento de los locales públicos". En realidad, cualquier normativa que se aprobase para implantar restricciones en el ocio no requeriría de esta salvaguarda, si bien el gobierno valenciano a tenido a bien dedicarle un punto concreto.

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