El Gobierno dará un subsidio de unos 430 euros a temporales que se queden en paro durante la crisis

31/03/2020 - 

VALÈNCIA (EP) El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el establecimiento de un subsidio excepcional para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima.

La duración de esta ayuda será de un mes, ampliable si así se decide, y su cuantía ascenderá al 80% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), unos 430 euros mensuales con el Iprem vigente en 2020.

El único requisito que se exigirá para percibir este subsidio es que la duración mínima del contrato que se extingue sea de al menos dos meses, excluyéndose así las relaciones contractuales esporádicas.

Con esta medida se equipara a los temporales que no hayan sido incluidos durante el estado de alarma en expedientes de regulación de empleo temporal (ERTEs), pues estos sí cobraban prestación, aunque no reunieran el periodo de carencia, en virtud de la nueva regulación para ERTEs que aprobó el Gobierno para agilizar su presentación durante la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, ha explicado el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El Ejecutivo estableció la semana pasada medidas para que, en caso de suspensión de contratos, se interrumpiera el cómputo de los contratos temporales, pero eso no impide que durante el estado de alarma finalicen contratos temporales sin protección por desempleo por no haber estado incluidos en un ERTE.

Este subsidio de desempleo excepcional será incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública, así como con cualquiera de los subsidios de desempleo existentes.

El Gobierno, que ha introducido este subsidio en un macro Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar el impacto económico y social del Covid-19, entiende que la situación de estas personas debe ser atendida con medidas excepcionales dada la escasa posibilidad de que durante la crisis sanitaria encuentren otro puesto de trabajo.

Aprobado un subsidio para las empleadas del hogar

El Consejo de Ministros ha aprobado también un subsidio extraordinario temporal para las trabajadoras del hogar que estén inscritas en la Seguridad Social y que hayan sido despedidas o no puedan trabajar durante la crisis sanitaria del coronavirus.

Tal y como ha informado el Ejecutivo, se trata de una ayuda para aquellas profesionales que "hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente, para reducir el riesgo de contagio por la pandemia. Así como aquellas que hayan sido despedidas como consecuenca de la crisis. Para acceder al subsidio, deberán presentar la declaración firmada por la persona empleadora o la carta de despido o la baja del Sistema de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

El objetivo, según ha explicado el vicepresidente segundo de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, es "dar seguridad y protección" a unos colectivos que sufren el "impacto negativo" dela pandemia y que no habían sido incluidos en el primer decreto.

En su intervención, Iglesias ha destacado la labor de este colectivo "poco reconocido" y, en muchas ocasiones "invisible", "precario" y "olvidado", en un momento en el que, a su juicio, se ha demostrado la importancia "de cuidar mejor a quien cuida".

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