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la sala tercera decidirá si confirma el "giro jurisprudencial" por su gran repercusión

El Supremo deja en el aire el que los bancos tengan que pagar el impuesto sobre hipotecas

19/10/2018 - 

MADRID (EP). El Tribunal Supremo ha hecho público un comunicado este viernes en el que explica que avocará a un Pleno compuesto por más de 30 magistrados el primer caso que les llegue relativo al sujeto pasivo -a quien corresponde pagar- el Impuesto de actos jurídicos documentados.

Lo hace, según explica en una nota el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, por tratarse la decisión conocida ayer de un "giro radical" en la jurisprudencia y habida cuenta de "su enorme repercusión económica y social".

Por ello, el presidente de la Sala Tercera ha acordado con carácter urgente dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar y avocar al Pleno de la Sala "el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado".

El alto tribunal, cuyo ponente fue el magistrado Jesús Cudero, interpretó el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y su reglamento y concluyó ayer que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como su jurisprudencia anterior sostenía), sino la entidad que presta la suma correspondiente.

Esta decisión anulaba un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

Al mismo tiempo, implicaba la modificación de su jurisprudencia anterior y anulaba una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo año, en la que dictaminó que son los clientes quienes debían pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que dio la razón a los bancos.

Una patada a la banca

Tras conocerse ayer la sentencia, los seis bancos del Ibex 35 llegaban a perder cerca de 5.500 millones de euros de capitalización bursátil en una sola jornada. Este viernes, aunque más calmados, continúan liderando las pérdidas del selectivo.

El hecho de que sea el banco el que debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de una hipoteca, así como el posible carácter retroactivo de la decisión, podría lastrar las cuentas de las entidades financieras.

La responsabilidad del pago de este impuesto podría tener un coste superior a los 4.000 millones de euros, según cálculos realizados por la firma de calificación crediticia Moody's, que incluso calificaba este dictamen de más agresivo que el de las cláusulas suelo.

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