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El TJUE juzga la disputa entre Bimbo y Dulcesol por el uso de la marca 'Donas'

29/06/2021 - 

BRUSELAS. Donuts contra magdalenas. Dos empresas españolas del sector alimenticio protagonizan un juicio en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Son Bimbo Donuts Iberia e Hijos de Antonio Juan (Donas Dulcesol). La demanda es en realidad contra la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea). La razón: haber permitido registrar productos alimenticios diferentes de la pastelería a la empresa valenciana Dulcesol, que no participa en el pleito pero espera que se resuelva a favor de sus intereses. 

A Bimbo Donuts SA no le pareció correcto que esta empresa de repostería con fábrica en Gandia y otras localidades valencianas extendiera su marca a otros productos, como preparados de sopas, purés, confituras, bollería, helados, miel, especias… La lista es tan larga como legal, según la oficina europea de patentes y marcas con sede en Alicante. 

En junio de 2018, la empresa valenciana Hijos de Antonio Juan SL solicitó ante la EUIPO el registro como marca de la Unión, para varios productos alimenticios, bajo el signo denominativo Donas Dulcesol. 

La lista, exhaustiva, se extiende a: sopas; consomés; caldos; crema a base de verduras, hortalizas y legumbres; extractos para sopas; preparados para hacer sopas; puré de verduras; puré de patatas; puré de frutas; carne; pescado; carne de ave; carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas; confituras; compotas; huevos; leche; productos lácteos; aceites comestibles; grasas comestibles; café; té; cacao; sucedáneos del café; arroz; tapioca; sagú; pan; productos de pastelería y confitería; bollería; bizcochos; brioches; tartas; barras de cereales; harinas; preparaciones a base de cereales; helados; miel; jarabe de melaza; levadura; polvos para hornear; sal; mostaza; vinagre; salsas; condimentos; especias; hielo.

Tres meses después, Bimbo Donuts Iberia SA, con sede en Madrid entonces denominada Bakery Donuts Iberia, SA-, se opuso al registro respecto de todos los productos mencionados, basándose en la marca española denominativa anterior Donas. Ésta designa, entre otros, los siguientes productos alimenticios: purés y legumbres secas; productos de panificación, harinas, cereales, sémolas y tapiocas comprendidos en esta clase, almidón para usos alimenticios, malta comprendida en esta clase, pastas alimenticias, arroz y levaduras. 

Uso de la marca 'Donas'

En enero de 2020, la EUIPO desestimó la oposición en su totalidad, por considerar que Bimbo Donuts Iberia no había demostrado el uso efectivo de la marca anterior, Donas, para designar los productos en que se basaba la oposición. 

La sociedad madrileña recurrió ante la propia EUIPO, la cual desestimó el recurso en septiembre de 2020 confirmando que no se había aportado prueba del uso efectivo de la marca Donas para los productos respecto de los que se había solicitado el registro. Aunque reconoció que se había demostrado el uso efectivo de dicha marca para «piezas esponjosas de repostería con forma de bolas, glaseadas o cubiertas de chocolate», la EUIPO desestimó las alegaciones de Bimbo Donuts Iberia dirigidas a que se incluyera dicho producto en las categorías «productos de panificación» y «pastas alimenticias» amparadas por la marca anterior Donas. 

La EUIPO señaló que los «productos de panificación» designan, bien «pan común», bien «pan especial», y que existe una clara distinción entre dichos productos y los productos de bollería o pastelería, pese a que se fabriquen de forma similar. Además, indicó que los productos de pan o de panificación y los productos de pastelería son distintos, pues estos últimos están clasificados bajo el título específico de «productos de pastelería», claramente distinguible del título «pan». Por su parte, las «pastas alimenticias» se refieren a los conocidos productos de la cocina italiana tales como espagueti, tagliatelle, penne y farfalle, y no comprenden los productos para los que se había usado la marca anterior Donas. El juicio quedará visto para sentencia. 

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