MADRID (EFE). El juicio por la salida a bolsa de Bankia, que comenzó el pasado 26 de noviembre y se interrumpió el 9 de enero por motivos de salud de la fiscal Carmen Launa podría tener que reiniciarse si transcurren más de 30 días entre dos sesiones, según contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El artículo 746 de dicha norma estipula, en su apartado 4, que procede la suspensión del juicio oral, entre otros motivos, "cuando algún individuo del Tribunal o el defensor de cualquiera de las partes enfermare repentinamente hasta el punto de que no pueda continuar tomando parte en el juicio ni pueda ser reemplazado el último sin grave inconveniente para la defensa del interesado".
Más adelante, el artículo 748 señala que "en los autos de suspensión que se dicten se fijará el tiempo de la suspensión, si fuere posible, y se determinará lo que corresponda para la continuación del juicio".
El pasado 11 de enero la sección cuarta de la sala de lo Penal acordó la suspensión, durante dos semanas, del juicio, después de que la fiscal sufriera un desprendimiento de retina.
La misma norma señala que "excepcionalmente" el tribunal podrá acordar la suspensión o aplazamiento de la sesión "hasta el límite máximo de treinta días"; si se supera este plazo, el juicio no se archiva, pero carecen de validez las sesiones celebradas con anterioridad y habría que empezar desde el principio.
Al tratarse de días hábiles, las sesiones deberían reanudarse al menos el 20 de febrero, pero si la fiscal Carmen Launa no pudiera reincorporarse en esa fecha, tendría que ser sustituida.
Sobre este particular, fuentes jurídicas han señalado a Efe que el fiscal jefe Alejandro Luzón, encargado del caso durante la instrucción y autor del escrito de acusación provisional, no podrá sustituir a su compañera por razones inherentes a su cargo.
Pero dada la gran complejidad de la causa, añaden las mismas fuentes, la Fiscalía "no dispone de otro representante que pueda sustituirla".
El juicio de Bankia comenzó el pasado 26 de noviembre con las cuestiones previas planteadas por las partes, entre ellas la aplicación de la "doctrina Botín" -que hubiera supuesto la retirada de las acusaciones populares- que pedían las defensas, solicitud que fue rechazada por el tribunal.
En su intervención, la fiscal se mostró contraria a la aplicación de la "doctrina Botín" y adelantó la posibilidad de añadir al delito de estafa a inversores que atribuye a la antigua cúpula de la entidad el de falsedad contable, que también podría extender al resto de acusados, que suman una treintena.
En su escrito inicial de acusación, la Fiscalía pide cinco años de prisión para el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, por estafa a inversores, delito que también atribuye al exvicepresidente José Luis Olivas (cuatro años), al exconsejero José Manuel Fernández Norniella (tres años) y al ex consejero delegado, Francisco Verdú (dos años y siete meses).
Al resto de exconsejeros y exdirectivos de la entidad, así como a BFA, la propia Bankia, Deloitte y el socio auditor Francisco Celma, son únicamente las acusaciones particulares y populares, que piden para ellos hasta doce años de prisión, las que les atribuyen falsedad contable, penada con entre uno y tres años de cárcel.