VALÈNCIA. Los trabajadores de CaixaBank (CXB) de la Comunitat Valenciana que voluntariamente se han acogido al Expediente de Regulación de Empleo (ERE) pactado entre la dirección y los sindicatos de la entidad serán 224, un 5,88% por debajo de los 238 planteados hace cuatro meses por el banco presidido por Jordi Gual, según ha podido saber este diario. El número de afectados en la provincia de Valencia se ha reducido desde los 142 hasta los 131, es decir, un 7,75%; mientras que en Alicante el ratio todavía ha sido mayor (-9,09%), dado que los 66 empleados que en principio iban a salir ha descendido hasta los 60. Por su parte, Castellón mantiene los 33 inicialmente previstos.
Conviene recordar que el pasado miércoles CXB llegó a un acuerdo con los sindicatos -tras cuatro meses de negociaciones- sobre un ERE contemplado en su Plan Estratégico 2019-2021, que en principio iba destinado a 2.157 empleados pero que finalmente se ha quedado en 2.023, un 6,21% menos y corresponden a la amortización del mismo número de puestos de trabajo que conlleva la extinción del contrato de trabajo.
Para los trabajadores del colectivo A (nacidos en 1965 y años anteriores) se ha pactado una indemnización bruta equivalente al 57% del salario regulador hasta los 63 años, que podrá ser percibida en un único pago o de manera fraccionada; mientras que los que opten por la indemnización en forma de renta recibirán 18.000 euros brutos adicionales (nacidos en 1962 o antes), de 23.000 euros (nacidos en 1963) o de 28.000 euros (nacidos en 1964 y 1965).
Además, este colectivo contará con un convenio especial con la Seguridad Social hasta los 63 años de edad y aportaciones a un plan de pensiones de empleo de CaixaBank hasta los 63 años. Hasta dicha edad podrán seguir disfrutando de la póliza sanitaria colectiva de los empleados del banco como hasta ahora y después tendrán la posibilidad de solicitar, a su cargo, su inclusión en la póliza de beneficiarios.
Por su parte, los trabajadores nacidos en 1966 y 1967 (colectivo B) que se adhieran a la extinción indemnizada percibirán una indemnización del 57% del salario regulador, a la que se sumarán 38.000 euros brutos si deciden percibirla fraccionada. Este colectivo también contará con un convenio especial con la seguridad social hasta los 63 años y podrá solicitar su inclusión, a su cargo, en la póliza sanitaria que corresponda en condiciones de beneficiario sin condicionantes de acceso.
Para el resto de trabajadores (colectivo C, nacidos en 1968 y posteriores) la indemnización bruta será la equivalente a 45 días de salario regulador por año de trabajo, con un tope de 42 mensualidades y un mínimo de 36. También podrán solicitar su inclusión, a su cargo, en la póliza sanitaria correspondiente en condiciones de beneficiario. Dentro de este grupo, los nacidos entre 1968 y 1970 podrán optar por percibir la indemnización en un único pago o en abonos mensuales durante ocho años. En este último supuesto se añadirá una indemnización adicional de 13.000 euros brutos para aquellos con antigüedad menor a 10 años y de 23.000 euros a los que cuenten con una antigüedad mayor.
El periodo de adhesión a la medida de extinción prevista se abrirá dentro de 30 días naturales y permanecerá abierto durante un plazo no inferior a siete días. Los empleados con discapacidad recibirán una indemnización mayor a la estipulada. La entidad contestará a todas las solicitudes en el plazo de 20 días naturales desde el fin del periodo de adhesión y será ella quien determine la fecha concreta de extinción del contrato de trabajo de cada empleado afectado, en todo caso dentro del periodo comprendido entre la firma del acuerdo y el 31 de diciembre de 2020.