Igualdad adapta la normativa covid de los centros de diversidad funcional a la nueva regulación

27/08/2020 - 

VALÈNCIA (EP). La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha publicado una nueva resolución sobre el plan de actuación en los centros y recursos dirigidos a personas con diversidad funcional o problemas de salud mental de la Comunitat Valenciana, en el contexto de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 para adaptarla a la nueva regulación sanitaria.

La resolución, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), establece entre otras cuestiones que los centros deberán garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas por las autoridades sanitarias, incluida la realización de pruebas a los trabajadores que se incorporen al puesto de trabajo por primera vez o lo hagan después de vacaciones o permisos.

Los empleados, que también deberán realizarse las PCR con la periodicidad que establezcan las autoridades competentes, seguirán las medidas de seguridad e higiene marcadas desde la Conselleria de Sanidad, igual que las personas que residan o bien en residencias o en viviendas tuteladas.

En el caso de estás últimas, los nuevos ingresos o los reingresos deberán ir acompañados por la realización de una prueba PCR durante las 72 horas previas, que deberá ser negativa, y una vez acceda al centro deberá realizar un aislamiento preventivo durante 14 días. Si se realiza una PCR a los 10 días y da negativa de nuevo, se podrá levantar el aislamiento.

Salidas de las residencias

Las residencias o viviendas libres de Covid deberán elaborar un protocolo sobre las salidas en el que estas se limitarán atendiendo a las circunstancias personales de cada residente y a la situación de la pandemia.

Las salidas serán sin pernoctación y tendrán que realizarse por los residentes con acompañamiento profesional o familiar o de la persona tutora y/o próxima, previa autorización del centro atendiendo criterios que garanticen la seguridad de la totalidad de los residentes.

Estas limitaciones no serán de aplicación para las personas que por su grado de autonomía tengan actividad laboral, formativa o relaciones sociales autónomas o estén en un programa de vida independiente. En estos casos mantendrán sus rutinas ordinarias con las limitaciones que se establezcan para la población general.

Los residentes que se vayan de vacaciones con sus familiares solo lo podrán hacer durante un periodo igual o superior a 7 días y tendrán que solicitarlo con antelación y firmar ellos o sus representantes legales, según el caso, el protocolo de salidas vacacionales.

Vistas ordinarias

La resolución establece que se permitirán las visitas, siempre con cita previa y de una duración máxima de una hora, de un familiar, tutor o persona próxima por persona residente.

Estas visitas se regularán teniendo en cuenta el número de residentes en la residencia o vivienda, para evitar aglomeraciones. Así, en los centros residenciales con capacidad hasta 50 plazas, se permitirá un máximo del 30 por ciento de visitas en relación con el número de plazas ocupadas del centro.

En los centros con capacidad entre 50 a 100 plazas se permitirá un máximo del 25 por ciento, en los centros de más de 100 plazas se permitirá un máximo del 20 por ciento de visitas en relación con el número de plazas ocupadas y en el caso de las viviendas, se permitirán un máximo del 30 por ciento de visitas diarias en relación al número de personas convivientes.

Las visitas se harán preferiblemente en espacios al aire libre, y en todos los casos cumpliendo las normas de seguridad e higiene.

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