Inspección de trabajo insta a À Punt a cumplir las normas en horarios, retribuciones y comedor

28/11/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). Inspección de Trabajo ha instado a la radiotelevisión valenciana, À Punt, a cumplir las normas en materia de horarios, pluses, retribuciones y comedor "de forma inexcusable", según ha informado la sección sindical de CCOO, que asegura realizará un seguimiento de estas cuestiones para confirmar su cumplimiento.

En un comunicado, CCOO ha explicado que en el encuentro con la Inspección de Trabajo los representantes sindicales plantearon la necesidad y urgencia de tener un convenio colectivo para el grupo, sin descartar la posibilidad de llegar a acuerdos parciales previos en materias como jornada y complementos.

"Respecto a jornadas y descansos, la empresa ha sido instada a respetar los descansos de 12 horas entre jornadas, los descansos semanales y la jornada máxima de 9 horas tras constatación de que se realizan jornadas de 12 horas", ha indicado el sindicato.

Las mismas fuentes aseguran que Inspección ha confirmado que la jornada realizada por la mayor parte del personal de À Punt está por encima de lo establecido en el acuerdo, ante lo que CCOO ha recomendado al personal llevar su propio registro de jornada realizada.

La empresa deberá asegurar que todo el personal dispone, con un mínimo de 15 días de antelación, del cuadrante con los descansos y jornadas a realizar. Asimismo, cada empleado debe disponer del resumen mensual de la jornada realizada, con expresión de las horas extras realizadas.

Se deberá realizar el registro diario de jornada, para poder computar las horas extras realizadas de forma clara y se deberán compensar las horas extraordinarias en el plazo máximo de 4 meses desde su realización. Antes de fin de año, personal deberá establecer qué jornada, y en su caso vacaciones, debe recuperar cada persona.

Según CCOO, "ante la demanda de la representación sindical la empresa inició una recogida de datos de jornada realizada por cada persona empleada, que aseguran haber trasladado a cada departamento, para que puedan ser contrastados".

A efecto de cómputo de jornada y tras un amplio debate, la Inspección clarificó que "las horas festivas, dentro de la planilla normal horaria, se compensan con el plus de festividad". Es decir, "solo las horas extraordinarias requeridas fuera de la planilla, son compensables", por 2 horas si son realizadas en horario nocturno y 2,5 horas si son realizadas en domingo o festivo.

Respecto a la normativa de comedores, Inspección ha confirmado que "los centros de trabajo de más de 50 personas empleadas deben contar con un comedor con servicio de comida, no siendo éste sustituible por máquinas de vending".

Respecto a los pluses por trabajo en horario nocturno, se clarificó que deben ser abonadas todas las horas realizadas y no a partir de la tercera. El concepto de trabajador nocturno afecta a jornadas máximas, descanso entre jornadas o vigilancia de la salud, sin perjuicio del abono de los pluses.

Diferencia salarial

Asimismo, el sindicato ha explicado que en relación a la diferencia salarial del personal técnico de la CVMC y la sociedad anónima, la propia Inspección recomendó la reclamación de las diferencias salariales.

"Dado que hasta febrero del 2019 no se cumple el plazo de un año para nadie y por tanto no hay pérdida de derechos, CCOO está preparando el procedimiento con la intención de hacerlo de forma colectiva", ha agregado la central sindical.

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