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Solo por detrás de Madrid y País Vasco

La Comunitat Valenciana, la tercera que más contaminación lumínica genera

4/05/2021 - 

VALÈNCIA (EP). La Sindicatura de Comptes ha elaborado una auditoría operativa de la gestión del alumbrado público exterior de los municipios de la Comunitat Valencia de los ejercicios 2015 a 2019 que la señala como la tercera región española que más contaminación lumínica genera por detrás de Madrid y País Vasco.

La auditoría, que toma una muestra territorial y demográficamente representativa, formada por 27 municipios de la Comunitat, advierte que aunque las administraciones han participado en la prevención de la contaminación lumínica, existen "carencias normativas" en nivel autonómico que no han permitido completar el marco regulador básico.

Entre sus conclusiones, la Sindicatura de Comptes apunta que "los municipios han implementado de manera desigual medidas de eficiencia energética", un ámbito donde han sido "relevantes las ayudas concedidas por parte de las administraciones estatal, autonómica y provinciales para financiar las inversiones realizadas".

En total, las ayudas destinadas a la entidades locales de la Comunitat para mejorar la eficiencia energética del alumbrado público de 2015 a 2019 han ascendido a 59 millones de euros. Sin embargo, los proyectos de inversión llevados a cabo por los municipios "no disponen de estudios previos en que se fijan los objetivos de ahorro energético que se pretenden conseguir", lamenta la Sindicatura en su auditoría.

Además, pone de relieve que "si bien el plazo de recuperación de las inversiones económicas es relativamente corto e inferior a la vida útil de las luminarias led, la elevada cuantía de estas puede ser incompatible con la situación económico-patrimonial de las entidades locales, que tienen que hacer frente a posibles restricciones presupuestarias o problemas de liquidez".

Por este motivo, la Sindicatura subraya que los municipios necesitan de programas de ayuda otras administraciones para financiar estas inversiones o bien optar por el modelo de gestión indirecta mediante empresa de servicios energéticos, entre cuyas prestaciones se incluyen la gestión, el suministro energético y las inversiones necesarias para conseguir un ahorro energético.

Con independencia del modelo de gestión, la auditoría pone de relieve que los ahorros energéticos y la reducción de la contaminación lumínica están directamente relacionados con el nivel de implementación de medidas para mejorar la eficiencia energética.

Régimen sancionador

Entre sus recomendaciones, la Sindicatura de Comptes insta a la Generalitat a promover la prevención y reducción de la contaminación lumínica en los municipios de la Comunitat, así como el uso eficiente del alumbrado exterior, tanto a través de la concesión de ayudas como mediante la inspección y el control, estableciendo "un régimen sancionador que permita prevenir la intrusión lumínica, la ineficiencia energética y la inseguridad ciudadana".

Según la autoría, los municipios tienen que introducir en sus proyectos de mejora del alumbrado público exterior los medios técnicos necesarios para aprovechar las posibilidades de reducción de la contaminación lumínica, gracias a las características de regulación y direccionalidad de los leds.

"Los ahorros pueden incrementarse considerablemente cuando el cambio de luminarias viene acompañado otras medidas cómo son la instalación de equipos auxiliares de reducción de flujo, limitadores y estabilizadores de la intensidad luminosa y sistemas de telegestión", resalta el documento.

Para ello, la Sindicatura insta a las Administraciones provinciales, autonómica y estatal a "continuar promoviendo los programas de ayudas para renovar los sistemas de alumbrado público". Los municipios necesitan de estos programas para financiar las inversiones que mejoran la eficiencia energética; o bien optar por el modelo de gestión indirecta mediante una empresa de servicios energéticos.

En este último caso, la entidad local tendrá que ceder una cantidad de los ahorros futuros a las ESE como parte de la retribución de las contraprestaciones recibidas, por lo cual cada entidad tiene que evaluar la conveniencia de optar por un modelo u otro en función de la capacidad de financiación propia y de la capacidad para llevar a cabo una gestión diligente del servicio, concluye la auditoría.

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