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La Generalitat reduce los requisitos para instalar cajeros en pueblos y no será obligatorio el lector de libretas

28/01/2021 - 

VALÈNCIA. (EP) La Generalitat ha reducido varios de los requisitos de acceso a las subvenciones para instalar cajeros automáticos en municipios pequeños que actualmente no disponen. Mediante un decreto de modificación del que publicaba las bases para estas ayudas, se han eliminado algunos puntos como la necesidad de que estas instalaciones cuenten con lector de libretas bancarias.

El gobierno valenciano defiende esta línea como una de sus acciones contra el despoblamiento del interior. De hecho, se anunció hace casi tres años, y fue incluso objetivo de uno de los Seminaris de Govern, y está enmarcada en la Agenda Valenciana Antidespoblament.

En concreto, el decreto de Presidencia que publica este jueves el Diari Oficial modifica la base primera, la base segunda, los apartados 3 y 4 de la base tercera; la base cuarta; la letra a) del apartado 3 de la base sexta; el apartado 3 de la base novena; el apartado 1 de la base undécima, y el apartado 3 de la base decimotercera.

Estos cambios responden, según el decreto, a que "algunas características técnicas de los cajeros que restringen e incluso imposibilitan que algunas entidades puedan participar en la convocatoria, ya que los cajeros automáticos que tienen homologados e instalados en sus respectivas redes y oficinas no cumplen de forma estricta todas y cada una de las características previstas".

Entre todos estas modificaciones, destaca la sustitución del requisito de un "servicio de asistencia financiera permanente" y presencial por el de un "servicio de asesoramiento financiero" en el que no se especifica la presencialidad.

Tampoco deberán asumir las entidades los costes de adaptación de los locales, en caso de que fueran necesarios, y los cajeros deberán ser "similares a los que instala normalmente" en su red. Sin embargo, se eliminan los requisitos tanto del lector de libretas, como de que permita realizar transferencias nacionales.

Por otra parte, se abre la puerta a que puedan optar entidades no bancarias, pero sí otras especializadas en medios de pagos que cuenten con autorización del Banco de España para la instalación, gestión y explotación de cajeros automáticos.

Estas deberán acreditar su solvencia técnica con un mínimo de cuatro años de experiencia en este tipo de actividades y contar con una red mínima instalada en España de 500 cajeros.

Los municipios en los que se pretenden implantar no varían, pero sí hay cambios en la valoración: la memoria sumará cinco puntos más, mientras el servicio de atención personalizada, que antes valía otros cinco, ahora valdrá cuatro.

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