VALÈNCIA. (EP) La mayoría de corporaciones locales no aprobaron sus presupuestos dentro del plazo legal, según el informe de fiscalización de la cuenta general de las entidades locales rendida en 2019 de la Sindicatura de Comptes.
Según ha indicado la Sindicatura, el trabajo publicado "proporciona una visión global del sector público local de la Comunitat Valenciana y, en concreto, sobre su composición, cumplimiento del ciclo presupuestario, calidad de las cuentas rendidas, agregados y evolución de las magnitudes presupuestarias y financiero-patrimoniales".
En cuanto al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del ciclo presupuestario, el Informe pone de manifiesto un relevante incumplimiento de los plazos, ya que la gran mayoría de las entidades locales no aprobaron su presupuesto dentro del plazo legal (73%), siendo relevantes también las que no aprobaron en plazo la liquidación (40%) o no aprobaron en plazo la cuenta general (16%).
A 1 de marzo de 2021, 33 entidades locales no habían presentado la Cuenta General de 2019. De esta cifra, 20 entidades correspondían a municipios. Con posterioridad, hasta el 31 de mayo de 2021, presentaron la cuenta 18 de estos municipios. La falta de presentación de las cuentas es un incumplimiento muy grave de una obligación esencial de quien gestiona fondos públicos.
La Sindicatura ha mantenido una actitud proactiva en orden a la obtención de las cuentas, efectuando los recordatorios y requerimientos habituales. El número de entidades que no cumplen la obligación de remitir las cuentas se mantiene en niveles bajos, aunque debe aspirarse a que se reduzcan a cero. A ello puede contribuir, tal como menciona el Informe, la imposibilidad de percibir subvenciones de la Generalitat en el caso de no estar al día en la rendición de cuentas a la Sindicatura.
Se observa un notable incremento en el cumplimiento del plazo legal de rendición de la cuenta general con relación al ejercicio anterior, aunque hay que tener en cuenta que para 2019 este periodo se amplió en 99 días debido al estado de alarma. A partir de 2017 se observa una menor rendición de la cuenta general en el plazo legal, al entrar en vigor el nuevo plazo de rendición, el 15 de octubre del ejercicio posterior al que corresponde cada cuenta (la fecha de referencia anterior era el 31 de octubre).
En la revisión de las cuentas se ha verificado que las incidencias presupuestarias más frecuentes son la existencia de un remanente de tesorería para gastos generales negativo, un resultado presupuestario ajustado negativo y la falta de estimación del importe de dudoso cobro en la determinación del remanente de tesorería.
La Sindicatura compara los datos agregados de las instituciones que han rendido cuentas en los últimos dos años, reflejando de ese modo una información homogénea. En 2019, el resultado presupuestario ajustado de los municipios es positivo, aunque un 8,9% inferior en relación con el ejercicio anterior, al pasar de 629 millones de euros en 2018 a 573 millones de euros en 2019.
El remanente de tesorería para gastos generales agregado ha mejorado en 2019 en todos los tipos de entidades, excepto en las provincias y los organismos autónomos. La variación del remanente en los municipios ha experimentado un incremento del 6,6%, mientras que en 2018 aumentó un 11,3%.
Otra magnitud que refleja la mejora del sector local de la Comunitat Valenciana es la reducción del endeudamiento, suma de las deudas a corto y a largo plazo, al disminuir en 2019 la dependencia de esta fuente de financiación para el conjunto de entidades locales en un 12,8%.
Las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto al cierre del ejercicio 2019 ascendieron a 140.686 miles de euros. En términos homogéneos, han aumentado un promedio del 35,2% para el conjunto de entidades locales, si bien esta variación ha sido heterogénea por tipo de entidad, destacando por su importancia cuantitativa el incremento de un 20,1% en los municipios y de un 185,3% en las provincias.
Debe destacarse que, según la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 9/2013, sobre reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, las entidades locales deben destinar, en primer lugar, el superávit en contabilidad nacional o, si fuera menor, el remanente de tesorería para gastos generales, para atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior.
Por último, el Informe reitera las recomendaciones de ejercicios anteriores, señalando la necesidad del cumplimiento del ciclo presupuestario, la potenciación del control interno y la adopción de las medidas necesarias para subsanar las anomalías que se ponen de manifiesto.
Y añade que debería revisarse la estructura del sector público local empresarial de modo que la creación y actuación de estas entidades responda, de manera efectiva, a razones de mejora de la gestión pública, eficiencia y sostenibilidad financiera.