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EXCEPTO DE 10 A 12 Y DE 19 A 20 HORAS, QUE ESTARÁN RESTRINGIDAS A LOS MAYORES DE 70 

Las salidas para practicar deporte y las de los niños no tendrán franjas horarias en la Fase 2

Foto: KIKE TABERNER
27/05/2020 - 

CASTELLÓ. (EP).El BOE de este miércoles recoge una orden ministerial que relaja el resto de limitaciones específicas para paseos y deporte. Eso sí, solo para aquellas zonas que estén en fase 2. De esta forma, el Gobierno ha eliminado las franjas horarias para la salida de los niños a la calle y para la práctica del deporte y paseos para aquellos territorios que hayan avanzado a la Fase 2 del proceso de desescalada.

Así, deroga el límite de un kilómetro de distancia del domicilio para pasear y el municipio para hacer deporte o paseos para adultos. Y elimina las reglas que quedaban para los paseos de menores de 14 años: un paseo al día, a un kilómetro y de una hora. Los habitantes podrán salir salir a pasear o hacer deporte dentro de su territorio de desescalada y los menores podrán salir las veces que quieran al día y durante el tiempo que se quiera.

Así lo recoge una orden publicada este mismo miércoles en el BOE, que tiene efectos inmediatos, y que permitirá salir a la calle para las citadas actividades fuera de los horarios que el Ejecutivo estableció el pasado 25 de abril.

Para la práctica de deporte individual y paseos, los ciudadanos tenían reservadas dos franjas horarias: de 06.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00. Por otro lado, las salidas de los menores de 14 años quedaban restringidas a la franja de 12.00 a 19.00 horas. Ahora ya no tendrán esas franjas, pero si habrá que respetar la franja de los mayores de 70 años, que seguirá activa.

Las personas de hasta 70 años podrán hacer deporte o pasear a cualquier hora excepto de 10 a 12 y de 19 a 20 horas, que estarán restringidas a los mayores de 70 y las personas vulnerables. Las comunidades autónomas podrán mover estas franjas dos horas arriba o abajo.

Por el momento, la Fase 2 está vigente en Asturias, seis provincias de Andalucía, Aragón, las Islas Baleares, las Islas Canarias, Cantabria, dos provincias de Castilla-La Mancha, tres territorios de Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia --a excepción del municipio de Totana-- País Vasco, La Rioja y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Por otro lado, el Ejecutivo ha señalado que los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso a la playa --que será gratuito-- como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros entre bañistas.

Así, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, se podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas.

A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, el Gobierno considera que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.


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