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el expediente sancionador se abrió a raíz de una denuncia del PP

Transparencia archiva el expediente abierto al hermano de Puig por no publicitar subvenciones

25/07/2020 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Participación y Transparencia ha archivado el expediente abierto a la empresa Comunicacions dels Ports, administrada por Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, por supuestamente no dar publicidad a las subvenciones recibidas entre 2016 y 2019. El expediente fue abierto a raíz de una denuncia de la diputada del PP y portavoz adjunta del Grupo Popular en Les Corts, Eva Ortiz.

En dicha denuncia, presentada el 14 de febrero de 2019, Ortiz señalaba que Comunicacions dels Ports había percibido, según la información del portal GVA Oberta, durante los ejercicios 2016, 2017 y 2018 subvenciones de 125.276, 113.787 y 141.096 euros, que "exceden en cada ejercicio de la cuantía límite establecida" en la ley, "lo que implica la sujeción de la mercantil al cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica". Y añadía que, previa comprobación en la página web de la referida mercantil, se puede afirmar que no están dando cumplimiento a las obligaciones de transparencia arriba mencionadas".

Según la resolución de la Dirección General de Transparencia, Atención a la Ciudadanía y Buen Gobierno, fechada el pasado 16 de julio y a la que ha tenido acceso Castellón Plaza, durante los años 2016, 2017 y 2018, la mercantil Comunicacions dels Ports recibió subvenciones públicas por importes superiores a 100.000 euros, por lo que tenía las obligaciones de publicidad activa previstas en la ley.

Sin embargo, el instructor del procedimiento afirma que "dado que no es posible comprobar fehacientemente si en esas fechas se publicaron o no las obligaciones descritas, y no estando regulado el tiempo mínimo durante el cual deben estar publicadas las mismas", no puede determinar si esa supuesta falta de publicidad constituye una de las infracciones contempladas en la ley.

Francis Puig. VP

Respecto del tiempo mínimo que una empresa debe publicitar las ayudas, dice que esta cuestión se aborda con detalle en el Proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, "que todavía se encuentra en tramitación".

Sobre las ayudas de 2019, expone la resolución que la entidad en cuestión recibió ayudas o subvenciones públicas por importe superior a 10.000 euros pero inferior a 100.000 euros, por lo que estaba sujeta a las obligaciones previstas en la ley, "debiendo dar la adecuada publicidad a las mismas".

Ahora bien, "el incumplimiento de dicha obligación para las entidades del artículo 3.2 no se encuentra tipificado como infracción en el artículo 33 de la Ley 2/2015, por lo que no se le puede imputar la misma".

Por todo ello, el instructor determina "resolver la finalización del procedimiento sancionador iniciado por Resolución de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática contra la mercantil Comunicacions dels Ports, con archivo de las actuaciones". Contra la decisión cabe recurso.

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