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condena a la seguridad a abonarle la pensión y atrasos de casi 7.000 euros

Un juzgado reconoce la incapacidad absoluta a un trabajador con esquizofrenia

Foto: EVA MÁÑEZ
19/06/2021 - 

VALÈNCIA. El juzgado de lo Social número 2 de Valencia ha reconocido la incapacidad absoluta a un trabajador con esquizofrenia y ha condenado a la Seguridad Social a abonarle una pensión equivalente al 100% de su base Reguladora de 1.124,31 euros con efectos económicos desde el día 19 de octubre de 2020. Lo cual supone unos atrasos de alrededor de 6.700 euros de mensualidades no cobradas. La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), estima así una demanda del propio afectado y revoca una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del pasado febrero tras el juicio celebrado en abril. 

La resolución relata que el hombre trabajaba como encargado en una empresa y solicitó en agosto de 2020 una incapacidad permanente con informes médicos en los que constaba que estaba en tratamiento por esquizofrenia. Sin embargo, la Seguridad Social consideró que las lesiones que padecía no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral como para ser constitutivas de una incapacidad permanente. Ante lo cual interpuso la mencionada demanda. 

Su defensa, ejercida por el bufete Campmany Abogados, aportó la documentación médica pertinente. Según su cuadro clínico, expresa la sentencia, padece un "trastorno psicótico agudo de tipo esquizofrénico". Especialmente relevante resulta el informe de un perito en el que detalla que el paciente "tiene una vida muy desestructurada porque ha sido denunciado y encarcelado". "Ha vivido en varias ciudades. La vida con su exmujer, la madre de su hija que ahora tiene diez años, ha sido muy convulsa. Hace 4 ó 5 años la situación fue insostenible y acudió a psiquiatría y estuvo en seguimiento con síntomas psicóticos. Los comienzos de los pacientes que son esquizofrénicos son así la mayoría de las veces. Trastornos y cambios bruscos en el comportamiento, en el juicio, en el razonamiento con una excitación y una euforia y prepotencia inaudita que hace que se piense en un trastorno maniaco. Otras, como un estado de melancolía extrema, como una depresión mayor. De estos procesos ha sido diagnosticado el paciente. Pero la evolución y la definición de su trastorno se ha ido diferenciando a una clara esquizofrenia. Luego no se trata de un proceso puntual agudo. Se trata de una esquizofrenia que altera el comportamiento, el juicio y la razón en tal grado que hace imposible la convivencia con el paciente", explicaba el perito.

El equipo de valoración de incapacidades también expresó en otro informe que la comunicación con el hombre es difícil y que es dependiente para las actividades de la vida diaria, como el aseo, comer o vestirse. "Durante el reconocimiento médico, no emite ni un sonido, permanece en la consulta muy inquieto, sin responder", explica. Igualmente, destacan que existe escasa información documental sobre su salud mental. 

Foto: EVA MÁÑEZ   

Otras cuestiones relevantes que se mencionan es que se le diagnosticaron "secuelas de maltrato infantil inespecífico" o que ha estado con medicación. "Los enfermos esquizofrénicos son muy difíciles de tratar, primero porque no se creen enfermos, son inconstantes en sus pautas y comportamientos, son incapaces de responsabilizarse de su tratamiento, ni de acudir a las citas con los médicos. Muchas veces son atendidos por unidades de SAMU por un proceso de alteración del orden público o por una agresión, han de ser sedados e ingresados en un hospital psiquiátrico", exponen los informes que constan en la sentencia. 

Actitud mutista, conducta alucinatoria, dependencia, aislamiento...

Otros de los documentos elaborados por profesionales narran sus dificultades: "Abordable, actitud retraída, muy temerosa, prácticamente mutista, solo responde con monosílabos con un largo tiempo de latencia a la respuesta. Se observa conducta alucinatoria, dificultad de mantener la atención. Alucinaciones auditivas y visuales con importante repercusión emocional y conductual. Aislamiento social y domiciliario muy marcado. Totalmente dependiente para el aseo, para comer y vestirse. No emite ni un sonido, permanece en la consulta muy inquieto, sin respuestas. La cuidadora que lleva un mes con él cuenta historia de larga evolución, pero luego desconoce casi todos los datos, refiriendo que siempre está así y que ella se tiene que ocupar de hacerle todo". En cuanto a la situación laboral, su última actividad fue en una empresa con la categoría de encargado. 

El juez entiende en su resolución que para valorar el grado de invalidez, más que atender a las lesiones, hay que hacerlo a las limitaciones que las mismas representen en el desarrollo de la actividad laboral sin que puedan tomarse en consideración las circunstancias subjetivas de edad, preparación profesional o de tipo económico y social. Esto implica, apunta, no sólo la posibilidad de trasladarse al lugar de trabajo por sus propios medios y permanecer en él durante toda la jornada para efectuar allí cualquier tarea, sino la de "llevarla a cabo con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y eficacia, en régimen de dependencia con un empresario, sujetándose a un horario y con las exigencias de todo orden que comporta la integración en una empresa, dentro de un orden establecido y en interrelación con otros compañeros". 

La sentencia hace hincapié en las conclusiones del perito: "Actualmente, la esquizofrenia está diagnosticada y establecida, pero se trata de una enfermedad muy difícil de valorar en sus inicios. La esquizofrenia que padece tiene episodios catalécticos, en los que el paciente se queda mirando a la nada durante horas, y otros episodios marcados por alucinaciones visuales y auditivas. La medicación que toma lo mantiene sedado. El tratamiento lo tendrá durante toda su vida porque, por la enfermedad que padece, no es capaz de autogestionar su tratamiento, por lo que es dependiente para las actividades básicas de la vida diaria. Presenta trastornos psicóticos desde el año 2015. Por último, no existe documentación médica sobre su patología porque, debido a sus circunstancias sociales, nadie se ha preocupado por su enfermedad y él mismo no es capaz de seguir un tratamiento".

Debido a todo ello y citando numerosa jurisprudencia, sostiene que la esquizofrenia puede dar lugar a la incapacidad permanente absoluta en caso de que tenga la intensidad suficiente como para que la persona no pueda realizar ningún trabajo. Algo que, en su opinión, sucede en este caso. Además, afirma que el hecho de que la documentación médica sea escasa no resulta impeditivo de este reconocimiento. 

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