CASTELLÓ. El Ayuntamiento de Borriana tendrá que devolver a la Sociedad de Garantía Recíproca (SGC) el recargo diferencial de un aval de un PAI aprobado en 2003, resultado de un proceso contencioso iniciado en 2012, según ha adelantado en un comunicado el regidor de Urbanismo, Bruno Arnandis.
Así se desprende del acuerdo alcanzado hoy en la comisión de Urbanismo de elevar al Pleno municipal la devolución a la Sociedad de Garantía Recíproca la cantidad de 53.622 euros, que es el recargo que resulta de la diferencia entre los 261.766 euros que ingresó en febrero de 2016 y los 208.144 euros correspondientes a la garantía de la urbanización del sector UE D3.3 aprobado en 2003.
Tal y como ha indicado Arnandis, se trata de un dilatado contencioso que se remonta a un decreto de alcaldía de diciembre de 2012 en el que se inició el procedimiento de la resolución contractual entre el Ayuntamiento y la mercantil Urbasur Siglo XXI, por incumplimiento culpable, de la condición de agente urbanizador del Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución D-3.3 (paralela a la carretera de Nules, conocida por una torre eléctrica en medio de la calzada)
Posteriormente, ha continuado, el Pleno municipal del 12 de agosto de 2013 acordó desestimar las alegaciones formuladas por Urbasur Siglo XXI, SL e inadmitió las presentadas por la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana.
En esa fecha, también se ordena incautar la garantía de promoción depositada por Urbasur Siglo XXI SL con motivo de la adjudicación de dicho PAI, por importe de 208.143,97 euros, que fue ingresado con recargo en febrero de 2016.
En mayo de 2018, el Ayuntamiento recibió el fallo del tribunal según el cual declaraba nulo el procedimiento iniciado en 2013 estimando la demanda de la SGR que alegó que el procedimiento de resolución se encontraba caducado.
Dado que la sentencia no desvirtuaba los motivos de la rescisión, otro acuerdo plenario de este Ayuntamiento inició un nuevo procedimiento de resolución manteniendo la cantidad ingresada como garantía en metálico para asegurar el cumplimiento de las previsiones del citado programa.
En posteriores alegaciones la SGR solicitó al ayuntamiento la devolución del recargo de apremio por importe de 41.628,79€ y los intereses de demora por importe de 11.993,23€ ingresados en fecha 9 de febrero de 2016, más 8.340€ en concepto de sus intereses
Asimismo, Arnandis ha puntualizado que esta resolución no afecta a los aspectos concernientes a la finalización de las obras, ya que es independiente de la resolución contractual con la empresa urbanizadora.
“Para la finalización, -ha precisado-, necesitamos autorización judicial para disponer de los centros de transformación ya que actualmente se encuentran en la masa del concurso de acreedores, ya que estaban a nombre de la empresa cuando se inició el concurso”, al tiempo que ha asegurado que las obras del PAI, “están prácticamente terminadas con alrededor del 95 por cien ejecutadas”.
Además, el concejal ha criticado que “aunque esta es una más de las torpezas cometidas por el partido popular en materia urbanística afortunadamente es pequeña si se compara con otras sentencias que han costado millones a este Ayuntamiento”. Casos como este, ha continuado, “nos tienen que hacer reflexionar sobre lo acertado que fue el acuerdo alcanzado con la empresa urbanizadora de Sant Gregori donde había dudas razonables sobre el proceso de resolución contractual que podría haber supuesto un gran golpe para el Ayuntamiento si en unos años la empresa hubiera ganado un contencioso similar a este”.