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AVA critica que el Gobierno excluye de las ayudas de frutos secos a las comarcas productoras de València y Castellón

En la provincia han quedado fuera el Alto Palancia, Alto Mijares, L’Alcalatén, Alt Maestrat y Els Ports

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CASTELLÓ. La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-Asaja) critica que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, ha aprobado el Real Decreto 168/2025, que deja fuera de la ayuda asociada de la Política Agraria Común (PAC), para los productores de frutos secos de secano en áreas con riesgos de desertificación a las comarcas de Valencia y Castellón con cultivos de almendras y algarrobas.

El Gobierno incluye en esta ayuda a “Sagunto, Huerta de Valencia y Campos de Liria” en la provincia de Valencia y a “La Plana y Litoral Norte” en la provincia de Castellón. Sin embargo, excluye de la lista a todas las comarcas del interior que producen más frutos secos y que igualmente sufren falta de precipitaciones, como la Hoya de Buñol, Utiel-Requena, Valle de Ayora, Los Serranos, Alto Palancia, Alto Mijares, L’Alcalatén, Alt Maestrat y Els Ports. No en vano, en 2024 la producción de almendras y algarrobas en estas zonas del interior experimentaron un descenso de hasta el 70% a causa, principalmente, de la sequía.

Pese a la exigua cantidad que representa dicha ayuda (en 2024 el importe fue de 64 euros por hectárea), AVA-Asaja exige al Gobierno que incluya como beneficiarias a todas las zonas productoras de frutos secos. El reglamento recuerda que todos los productores de almendro, avellano y algarrobo en secano en la península perciben la ayuda si el cultivo se realiza en una pendiente superior al 10%, una circunstancia que únicamente afecta a una mínima parte del sector.

En cambio, AVA-ASAJA valora positivamente la modificación en la regulación sobre el potencial de producción vitivinícola, a través del Real Decreto 1308/2024, que amplía el plazo para la presentación de autorizaciones de replantaciones de viñedos hasta el final de la quinta campaña vitícola siguiente a aquella en que haya tenido lugar el arranque, a fin de adaptarlo a la nueva normativa de la Unión Europea, porque favorece una mejor recuperación del terreno sin perjuicio de pérdida de los derechos de plantación de viñedos.

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