COMARCAS

El pleno de Benicàssim aprueba la actualización del plan de quemas: regula horarios y fechas permitidos

Revisa y detalla las condiciones de seguridad para las quemas según zona: distancias, quemador, faja perimetral o vigilancia

  • Imagen del pleno de este viernes
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CASTELLÓ. El Pleno del Ayuntamiento de Benicàssim ha aprobado la modificación del Plan de Quemas para el término municipal de Benicàssim que, tal como ha explicado la concejal de Medioambiente, Vanesa Batalla, “es el instrumento que regula la actividad de quema de restos agrícolas y vegetación en la zona. Este plan establece las condiciones y períodos para la realización de quemas y el procedimiento de presentación a través de declaración responsable o autorización, que quedan prohibidas durante la época de peligro alto de incendios forestales, entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive”. 

Con los votos a favor del Grupo Popular, Grupo Socialista y Vox y la abstención de Compromís y el concejal no adscrito. Este documento que regula la quema de restos agrícolas dentro del término municipal de Benicàssim y establece la normativa específica para estas actividades, en cumplimiento de la legislación autonómica y estatal en materia de prevención de incendios. 

La quema de restos agrícolas está prohibida durante el período de peligro alto de incendios forestales, que abarca desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre (ambos inclusive), en Semana Santa (desde Jueves Santo hasta Lunes de San Vicente) y en nivel 3 de pre emergencias ante riesgo de incendios forestales. Fuera de este período (es decir, desde el 16 de octubre hasta el 31 de mayo), es posible realizar quemas siempre que se cumplan el resto de condiciones establecidas en el Plan.

Permitidas hasta las 13.30

Estas quemas están permitidas desde el amanecer hasta las 13:30 horas y las declaraciones responsables o autorizaciones para la quema se pueden anular por cambios en la situación climática, como la aparición de vientos fuertes o de poniente. El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones. 

Concretamente, en el Plan Local de Quemas el periodo de tiempo en el que se permiten las quemas para pequeñas y microexplotaciones agrarias del término municipal situadas en la zona de influencia forestal (hasta 500 metros de terrenos forestales), es del 16 de octubre al 31 de mayo en un horario comprendido entre la salida del sol y las 13:30 horas. En el resto de parcelas agrícolas (más de 500 metros de terrenos forestales) las quemas están permitidas durante todo el año, pero en este mismo horario (excepto Semana Santa), desde la salida del sol y las 13.30 horas.

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