El TC levanta parte de la suspensión de la Ley de Costas Valenciana, pero mantiene el pulso por los deslindes

Comarca y empresa

La Generalitat considera "insuficiente" el levantamiento parcial de la norma y asegura que seguirá defendiendo ante el tribunal la protección de las casetas tradicionales

  • Playas de Tavernes de la Valldigna tras el paso de la borrasca Harry.
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VALÈNCIA. El Tribunal Constitucional (TC) ha dejado una puerta entreabierta a la Ley de Protección y Ordenación de la Costa Valenciana, pero mantiene cerrada la que más importa al Consell. El auto publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) levanta la suspensión de la disposición adicional cuarta de la norma, que permite a la Generalitat elaborar un inventario de los terrenos que, por su degradación, han podido perder las características naturales propias del dominio público marítimo-terrestre. 

En cambio, mantiene suspendidos el artículo 17 y la disposición final primera, los dos preceptos que regulan los asentamientos de "interés etnológico del litoral", la figura con la que el Consell pretende proteger determinados núcleos costeros tradicionales frente a los efectos de los deslindes previstos por la legislación estatal. Cabe recordar que en marzo el TC admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de España contra estos tres puntos, después de que la Generalitat aprobara la nueva Ley de Costas en mayo de 2025

Al admitir el recurso, el TC suspendió automáticamente los tres preceptos durante un periodo de cinco meses. Cumplido ese plazo, debía decidir si mantenía esa suspensión mientras estudia el recurso de fondo. Y la decisión ha sido diferente para cada caso: levanta la suspensión de la disposición adicional cuarta, pero mantiene la de los otros dos artículos. Esto significa que, en la práctica, la Generalitat puede elaborar un inventario de los terrenos degradados para pedir al Estado que revise su situación. 

  • Imagen de archivo de la playa de El Perellonet. - Foto: KIKE TABERNER

Es decir, si la Generalitat considera que un terreno incluido en el dominio público marítimo-terrestre ha perdido las características naturales que justificaron su inclusión, podrá incorporarlo a dicho inventario y, a partir de ahí, solicitar al Estado la revisión del deslinde o, en su caso, la desafección del terreno. El levantamiento de la suspensión permite, por tanto, que el Consell vuelva a poner en marcha ese procedimiento, pero no le da capacidad para modificar por sí mismo los límites de la costa

Para la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, el levantamiento parcial de la suspensión es una "buena noticia", pero "del todo insuficiente". El departamento autonómico insiste en que el auto no supone el final del procedimiento y que la Generalitat seguirá defendiendo ante el TC la entrada en vigor del 100% de la ley, especialmente de los artículos que crean la figura de los núcleos etnológicos para proteger las casetas costeras tradicionales frente a los deslindes. 

Una ley para proteger los poblados tradicionales

La cuestión se remonta a la propia concepción de la Ley Valenciana de Costas. El Consell impulsó esta norma con la intención de desarrollar sus competencias sobre la ordenación del litoral, compatibilizar la protección de la costa con la actividad económica y dar una respuesta a los propietarios afectados por los deslindes. Entre sus objetivos estaba también proteger determinados asentamientos tradicionales vinculados históricamente al mar que, con la aplicación de la legislación estatal, han quedado dentro del dominio público marítimo-terrestre o están amenazados por la extinción de las concesiones que permitieron su construcción.

Ahí entran ejemplos muy concretos y reconocibles del litoral valenciano, como las casetes de Nules, la playa del Pinet en Elche, Torre la Sal en Cabanes o la zona de Babilonia en Guardamar. Son espacios que no solo reúnen viviendas, sino que forman parte de una identidad colectiva ligada al mar y de una forma tradicional de ocupación de la costa. La mayoría de estos núcleos se encuentran vinculados a antiguas concesiones otorgadas al amparo de las legislaciones de costas de las primeras décadas del siglo XX y sus títulos tienen fecha de caducidad. La aplicación de la normativa estatal y los nuevos deslindes han situado a algunos de ellos ante el riesgo de perder sus derechos de ocupación e incluso de desaparecer.

  • Imagen de archivo de la playa de El Saler. - Foto: VP

Precisamente, la figura de los núcleos urbanos de especial valor etnológico pretende ofrecer una vía para su conservación. El artículo 17 permite declarar como tales aquellos conjuntos de edificaciones residenciales, comerciales o vinculadas a actividades económicas tradicionales que acumulen valores culturales, históricos o etnológicos y estén integrados en el entorno costero, de manera que su desaparición suponga una pérdida de esos valores. La ley contempla para ellos un régimen específico de protección, planes especiales y, cuando se encuentren en dominio público marítimo-terrestre, estudios y convenios con el Estado.

Es esta última parte la que ha provocado fricción entre los dos Ejecutivos, ya que el central interpreta que la regulación valenciana puede interferir en las actuaciones estatales sobre el dominio público marítimo-terrestre. Esa discrepancia fue precisamente la que no pudo resolverse en la comisión bilateral abierta entre ambas administraciones. Gobierno y Consell alcanzaron acuerdos sobre la mayoría de las diferencias planteadas sobre la ley, pero los núcleos de especial valor etnológico quedaron fuera y terminaron ante el Constitucional.

El precedente de Galicia

En este contexto, la Generalitat mira hacia Galicia, donde se produjo un caso similar. El Gobierno gallego aprobó una norma sobre su costa que también fue recurrida ante el Constitucional por un conflicto de competencias. El procedimiento terminó con un pronunciamiento favorable a esta comunidad autónoma en parte de sus planteamientos y, según recuerda la Conselleria, aquel recorrido permitió avanzar en el traspaso efectivo de determinadas competencias sobre el litoral.

Ese es el precedente que utiliza ahora el Consell para defender que el reparto de competencias sobre la costa puede evolucionar. "La ley de costas gallega también se llevó al Constitucional y tras unos meses de tira y afloja se dio la razón a Galicia. Se confía que se repita esto", trasladan desde la Conselleria.

Por otro lado, fuentes de la Conselleria de Medio Ambiente recuerdan que el pasado 28 de abril remitió al TC su respuesta al recurso de inconstitucionalidad y confía en que el tribunal pueda pronunciarse sobre el asunto "a la mayor brevedad posible". El Consell sostiene que la Ley de Costas Valenciana busca desarrollar competencias recogidas en el Estatut d'Autonomia. 

De este modo, la Generalitat recupera una herramienta para estudiar terrenos degradados y pedir al Estado que revise determinados deslindes, pero la figura con la que pretende proteger los poblados costeros tradicionales sigue suspendida. Y ese es el verdadero asunto pendiente: la protección de unos asentamientos que el Consell considera parte del patrimonio y de la identidad del litoral valenciano y cuya situación choca con el régimen estatal de dominio público marítimo-terrestre.

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