Comunitat Valenciana

La Fiscalía apoya que los daños materiales queden fuera de la causa de la Dana

Podemos impugnará los recursos de Pradas y Argüeso para que sigan imputados

  • El barranco del Poyo en Paiporta 19 días después de la Dana.
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VALÈNCIA. Hasta el momento, la Fiscalía se ha mantenido en un segundo plano en la investigación abierta por la Dana del pasado 29 de octubre. La jueza encargada de la instrucción ha avanzado en las indagaciones con contundencia y decisión mientras que el Ministerio Fiscal apenas se ha manifestado para exponer su postura favorable al criterio de la instructora, quien hasta el momento ha decidido restringir la causa a los presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes. Esto es, a los fallecidos y lesionados como consecuencia de la catástrofe, dejando fuera, por tanto, los daños materiales provocados por la riada pese a las reclamaciones de una asociación de afectados.

La Asociación de Damnificados Dana de l'Horta Sud de Valencia, personada como acusación popular, había solicitado, entre otras cosas, que se incluyeran en el proceso también los daños causados por imprudencia grave, y esgrimía como argumentos que estos daños se podrían haber evitado con las obras hidráulicas pendientes por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), que hubieran minimizado las inundaciones. Pero también la alarma tardía a los ciudadanos puesto que, arguía la asociación, "les habría dado tiempo para sacar sus coches de los garajes y llevarlos a zonas altas de las poblaciones o a poner a salvo la documentación de los propios vehículos, y sacar de las viviendas la documentación más importante, sus recuerdos y los electrodomésticos de mayor valor como televisores, pequeños electrodomésticos, ordenadores, etcétera, que se habrían salvado".

Pues bien, el Ministerio Fiscal comparte la decisión de la jueza de excluir de la investigación los desperfectos materiales. En un escrito del pasado 11 de marzo, el representante de la Fiscalía, Cristóbal Melgarejo, señala que, aunque las circunstancias expuestas "pudieron potenciar los efectos devastadores de las riadas, lo cierto es que los hechos relatados en la querella no permiten aseverar que tales desperfectos fueren motivados por las referidas circunstancias, sino que tuvieron su génesis en el desbordamiento de los caudales fluviales que configuran la rambla del Poyo". Y añade que sería "inviable" diferenciar los "menoscabos patrimoniales" provocados por el desbordamiento y aquellos que fueron resultado de los sedimentos arrastrados por el agua; o distinguir entre los bienes que los ciudadanos "hubieran podido salvaguardar" si hubieran sido avisados antes de aquellos que "inevitablemente hubieran sido dañados por la sola acción del agua".

  • Foto: AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA

La jueza también ha dejado fuera de la instrucción el presunto delito de omisión del deber de socorro, algo que en lo que converge la Fiscalía, según la cual no hay ningún hecho en la querella que vincule "un comportamiento concreto de las autoridades autonómicas valencianas con la situación de desamparo" que exige la ley para discernir este delito. Este desamparo debería ser, para incurrir en posible delito, "una situación concreta respecto a una persona o personas determinadas que permitiera valorar la omisión debida y la capacidad de acción de las referidas autoridades". Tampoco en los hechos, señala el escrito del Ministerio Fiscal, se puede inferir que, "conociendo una situación de estas características respecto a una persona o personas determinadas, alguna de esas autoridades decidiera no actuar". Y recuerda que la obligación de actuar en este delito "no deriva del cargo" ni de sus responsabilidades sino "del deber de solidaridad frente a un peligro inminente o grave para una persona desamparada".

Por otra parte, la Asociación busca que se investigue la comisión de un delito de prevaricación omisiva por parte de la Generalitat Valenciana porque no tomaron "decisiones sobre la realización de obras estructurales de alta prioridad para reducir el impacto de las inundaciones que habitualmente se producen en el barranco del Poyo". Al respecto, la Fiscalía señala que no todo incumplimiento de una autoridad es prevaricación porque para esto "es preciso" que haya "una resolución arbitraria expresa", por lo que "el cuestionamiento de la actuación" de la Generalitat aquó "no justifica el inicio de una investigación judicial": "Es insuficiente afirmar que los referidos responsables debieron actuar de una determinada manera si no se aporta dato alguno de que la actuación administrativa fue ajena al ordenamiento jurídico".

A partir de ahora será la Audiencia Provincial la encargada de resolver el recurso de apelación presentado por la mencionada Asociación. En él, cabe recordar, como publicó Valencia Plaza, la asociación insistía en que "no es el objetivo de la fase de instrucción tomar la decisión, en una etapa tan embrionaria del proceso penal, de si existen pruebas o no para decidir sobre la comisión delictiva" e incidía en que lo primero debe ser "analizar si los hechos expuestos" son "susceptibles" de incluirse bajo los delitos expuestos. En este caso, consideraba que no se había hecho "esfuerzo alguno" por realizar este análisis previo.

Podemos impugna los recursos de Pradas y Argüeso

Mientras, prosigue la investigación por parte del juzgado, que citó a declarar el próximo 11 de abril en calidad de investigados tanto a la que fuera consellera de Emergencias, Salomé Pradas, como al secretario autonómico del ramo, Emilio Argüeso. Ambos recurrieron el auto de la jueza y ahora Podemos, personado como acusación popular, ha anunciado que impugnará dichos recursos. Así, la formación morada discute los argumentos esgrimidos por Pradas y Argüeso sobre su falta de competencia y responsabilidad en las decisiones relativas al envío de la alerta a la población por el sistema ES-Alert, que la jueza consideró tardía y errónea.

Para la formación, resulta "evidente" que Pradas tenía "conocimiento directo" sobre las circunstancias en que se adoptó la decisión de remitir esa aviso a la población, por lo que considera que ambos no pueden declarar como testigos sino que deben hacerlo como investigados, una condición que pide que se confirme porque son "dos de las personas clave" en la gestión de la dana. Según la Coordinadora General de Podem y portavoz de Podemos, María Teresa Pérez, "todo el mundo sabe que son responsables de esas decisiones y es un insulto que digan que no tenían nada que ver. Los valencianos no aguantan más huidas hacia adelante ni mentiras y vamos a hacer todo lo posible para que los responsables se sienten en el banquillo, como lo haremos con (Carlos) Mazón llegado el momento".

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