La Generalitat asume la tramitación de permisos para nuevas líneas eléctricas de alta tensión hasta marzo de 2027

Comunitat Valenciana

La Dirección General de Energía y Minas asumirá temporalmente la gestión de proyectos que hasta ahora tramitaban las direcciones territoriales con el objetivo de unificar criterios y evaluar si el sistema de entidades colaboradoras reduce los plazos administrativos

  • Subestación eléctrica de Montesa.
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VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana centralizará en la Dirección General de Energía y Minas la tramitación y resolución de determinados permisos para nuevas instalaciones eléctricas de alta tensión cuando en el procedimiento intervengan entidades colaboradoras de certificación (ECC). La medida, que estará vigente inicialmente hasta el 31 de marzo de 2027, pretende unificar los criterios de revisión de la documentación, aliviar la carga de trabajo de los servicios territoriales y comprobar si este mecanismo permite agilizar las autorizaciones.

Así lo establece la instrucción 2/2026 de la Dirección General de Energía y Minas, firmada el pasado 8 de octubre, que modifica la distribución de las tareas administrativas para una clase concreta de expedientes. Hasta ahora, estas autorizaciones correspondían a los órganos territoriales competentes; con el nuevo procedimiento, será el centro directivo autonómico el que asuma su tramitación y resolución.

El vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, Vicente Martínez Mus, hizo pública la aprobación de la nueva instrucción durante su intervención en los XXIV Premios de la Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana, FEMEVAL en la que estuvo acompañado por el Director General de Energía y Minas, Antonio Miranda. Martínez Mus señaló que el objetivo es "transformar procedimientos que podían prolongarse durante meses e incluso años en trámites que puedan resolverse en unas pocas semanas". En ese sentido, subrayó que la simplificación administrativa no implica "reducir las exigencias legales ni las garantías ambientales, sino mejorar la gestión de los procedimientos". 

La medida no afecta a cualquier proyecto energético. Se limita a nuevas líneas eléctricas de alta tensión y a determinadas instalaciones, como centros de transformación y centros de seccionamiento, que se encuadren en el grupo segundo del Decreto 88/2005. Además, deben ser proyectos que no requieran una declaración de utilidad pública ni evaluación ambiental y cuya ubicación no exceda del territorio de la Comunitat Valenciana.

El cambio está ligado al uso de las entidades colaboradoras de certificación, una figura incorporada a los procedimientos administrativos para simplificar la presentación y comprobación de documentos. Estas entidades, habilitadas por la Generalitat, verifican que la documentación exigida para solicitar una autorización sea suficiente y adecuada y emiten una Certificación Documental Acreditada (CDA).

La certificación debe presentarse antes de la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción. La empresa distribuidora titular de la instalación o la promotora, cuando esté prevista su cesión a la distribuidora de la zona, debe registrar después la correspondiente solicitud. La intervención de una ECC no sustituye, por tanto, la autorización de la Administración, ya que la certificadora comprueba la documentación, pero es la Generalitat la que concede los permisos.

Una vez registrado el expediente, personal de la Dirección General de Energía y Minas verificará que la documentación aportada se corresponde con la exigida por la normativa y que resulta suficiente para resolver la solicitud. Si la documentación es correcta, el procedimiento concluirá con una resolución conjunta de la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, que permitirá ejecutar la instalación.

La instrucción establece expresamente que no se tramitarán los expedientes en los que la certificación documental no vaya seguida de la solicitud de autorización correspondiente. Tampoco se admitirán por esta vía las solicitudes en las que la CDA se haya emitido después de haber solicitado el permiso.

Unificar criterios y evaluar los resultados

La Dirección General justifica la centralización por la necesidad de aplicar criterios homogéneos a la documentación certificada por estas entidades y garantizar la igualdad de trato a los promotores. La Generalitat considera que la asunción directa de los expedientes permitirá evitar diferencias de interpretación entre los órganos territoriales y reforzar la seguridad jurídica del procedimiento.

Otro de los motivos es la limitada disponibilidad de personal en los servicios territoriales. Al asumir estos expedientes, el centro directivo pretende liberar parte de la carga administrativa que soportan estos órganos, especialmente en la fase inicial de comprobación documental.

El sistema busca reducir los requerimientos para subsanar documentación incompleta o inadecuada, que pueden prolongar la tramitación de las autorizaciones. No obstante, la instrucción no establece una reducción concreta de los plazos ni aporta datos que permitan cuantificar el ahorro de tiempo esperado. La medida servirá precisamente para evaluar si la intervención de las entidades certificadoras se traduce en una mayor agilidad administrativa.

La centralización tendrá una vigencia inicial hasta el 31 de marzo de 2027, aunque la Dirección General podrá prorrogarla si lo considera necesario. La instrucción señala que, una vez comprobada la eficacia de este mecanismo para la clase de expedientes contemplada, la Generalitat pretende estudiar su extensión a otros procedimientos en materia de energía.

La Generalitat reforzará la supervisión de las certificadoras

La simplificación de los trámites irá acompañada de un control específico sobre la actuación de las ECC. La Dirección General de Energía y Minas advierte de que examinará rigurosamente las certificaciones presentadas y comprobará que estas entidades cumplen las obligaciones legales y reglamentarias, incluido el régimen de incompatibilidades.

Las posibles irregularidades o incumplimientos podrán dar lugar a expedientes sancionadores. Entre las consecuencias previstas figura la suspensión de los efectos de la habilitación de una entidad y, por tanto, de su actividad como certificadora, en los términos establecidos por la normativa.

La instrucción se apoya en la Ley 6/2024, de simplificación administrativa de la Generalitat, que regula las entidades colaboradoras de certificación, y en el Decreto 37/2025, que desarrolla su régimen jurídico. Con este cambio, el Consell busca comprobar si la colaboración de entidades externas en la revisión documental permite reducir las cargas administrativas sin rebajar el control sobre las autorizaciones de instalaciones eléctricas.

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