Comunitat Valenciana

La nueva derogación del decreto ómnibus compromete transferencias y ayudas a los valencianos

Decaen la ampliación de las ayudas a afectados de la Dana, la exención fiscal a las ayudas Dana de la Generalitat y la actualización de las entregas a cuenta a las CCAA y ayuntamientos

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VALÈNCIA. El pleno del Congreso, con la mayoría que suman el PP, Vox y Junts, derogó este jueves el segundo decreto que prorrogaba la suspensión de los desahucios de familias vulnerables —motivo del voto en contra— y otras medidas del llamado escudo social, como la prohibición de cortar los suministros básicos.

Este segundo decreto ómnibus no incluía la subida de las pensiones, que el Gobierno aprobó en un decreto aparte que sí fue convalidado este jueves por el Congreso.

Sin embargo, incluía una batería de medidas que al quedar sin efecto por segunda vez vuelven a dejar en el aire ventajas fiscales y transferencias, algunas de las cuales afectan directamente a la Comunitat Valenciana. 

Es el caso de la exención de tributar por las ayudas concedidas por la Generalitat a empresas y autónomos afectados por la Dana del 29 de octubre de 2024.

Hasta ahora el Gobierno solo había permitido esa exención en las ayudas estatales, pero el pasado 23 de diciembre, tras pedírselo el presidente del Consell, Juanfran Pérez Llorca, a Pedro Sánchez, el Consejo de Ministros incluyó esa exención en el primer decreto ómnibus. Un decreto que decayó el 29 de enero al no ser convalidado por el Congreso.

Al martes siguiente, el Consejo de Ministros aprobó otro real decreto-ley con las mismas medidas excepto la subida de las pensiones, que se aprobó en otro decreto. Este jueves se votaron ambos en el Congreso pero solo salió aprobado el de las pensiones.

  • Pedro Sánchez, María Jesús Montero y Yolanda Díaz, este jueves en el Congreso.

Además, el decreto prorrogaba las ayudas directas ya previstas en el Real Decreto-ley 6/2024 a comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, siempre que estuvieran dadas de alta antes del 28 de octubre de 2024 y hubieran declarado actividad económica. Es decir, cubría a muchos pequeños negocios familiares que habían quedado en una situación de desamparo.

Entregas a cuenta

También quedó sin efecto este jueves la actualización de las entregas a cuenta, las transferencias mensuales que el Gobierno hace a las Comunidades Autónomas y a los ayuntamientos como parte del sistema de financiación.

Como ya pasó en enero, al no convalidarse el real decreto-ley, no se actualizan las cantidades y lo que legalmente les corresponde percibir a las CCAA son las cantidades previstas en el último presupuesto, el de 2023, prorrogado por tercera vez. Eso supondría que la Generalitat recibiría 250 millones de euros menos al mes.

No obstante, el Gobierno hizo una interpretación generosa de la norma y dejó las entregas a cuenta en la misma cantidad que en 2025, por lo que las CCAA perderán la subida que se había previsto para este año.

Ello suponía para la Generalitat, según el Gobierno, dejar de ingresar más de 800 millones de euros durante todo el año, siempre que no se apruebe en algún momento dicha actualización.

Medidas que han decaído

El segundo decreto ómnibus contenía las siguientes medidas que han quedado sin efecto:

- Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional por impago de rentas, incluyendo la compensación al arrendador.

- Ampliación hasta esa fecha del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es gran tenedor.

- Prórroga del bono social energético.

- Prórroga de la garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.

- Adaptación de la tasa de retribución financiera de sistemas eléctricos no peninsulares para el periodo regulatorio 2026–2031.

- Prórroga de la prohibición de despido para empresas beneficiarias de ayudas públicas.

- Prórroga de los umbrales de facturación que permiten a los autónomos acogerse al régimen de módulos de IRPF e IVA, así como al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

- Exención de IRPF de las ayudas por daños personales provocados por incendios forestales.

- Prórroga de las ayudas a la reconstrucción de los municipios afectados por la dana y la exención de IRPF e impuesto de sociedades para las personas y empresas afectadas por la dana.

- Bonificación por compra de vehículos eléctricos o instalación de postes de recarga, que permitía deducirse hasta el 15 % del importe en el IRPF.

- Bonificación fiscal por inversión en obras de eficiencia energética.

- Prórroga del criterio que permite que las pérdidas sufridas por las empresas en 2020 y 2021 por la pandemia de la covid sigan sin computar a efectos de disolución.

- Mantenimiento del porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF.

- Posibilidad de renunciar de forma extraordinaria a la llevanza de los libros registro del IVA en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y al registro de devolución mensual.

-Flexibilización de los requisitos que permiten ser considerado un operador de hidrocarburos confiable.

- Prórroga de la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales. No se tomarán en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en 2026.

- Actualización de las entregas a cuenta a las comunidades autónomas.

- Actualización de las entregas a cuenta a entidades locales.

- Régimen de endeudamiento autonómico.

- No exigibilidad de devolución de ingresos indebidos por las cuotas nacionales de telefonía móvil devueltas o que se devuelvan por el Estado a las compañías de telefonía móvil. 

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