VALÈNCIA (EFE). El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.
En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.
En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular
La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.
"La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular", que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.
El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.
El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.
En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.
Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.
El Tribunal Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Castellón Plaza
- Foto: INMA CABALLER
Últimas Noticias
-
1El reconocido chef Roberto Bosquet, pregonero de las fiestas de la Virgen de Gracia de Vila-real
-
2Vila-real presenta la nueva temporada deportiva: 14.000 plazas entre socios, actividades dirigidas y ligas locales
-
3L'Alcora celebrará el 26 de agosto la 37ª Volta a Peu con un recorrido de 4,2 kilómetros
-
4Benicàssim recibe una subvención de 50.000 euros para reforzar los servicios de conciliación
-
5Los empleados de Zschimmer & Schwarz de Vila-real impulsan dos proyectos sociales en Castellón y Valencia
Suscríbete nuestro newsletter
Siempre al día de las últimas noticias
- El Tribunal Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación · Castellón Plaza · Castellón Plaza
-
- Foro Plaza
- Comunitat
- Educación
- Plaza Agro
- Plaza Cerámica
- Sof-IA en 1 minuto
- Deportes
- Cultura
- España
- Internacional
- Opinión
- Quiénes somos
- Publicidad
- Contacto
- Acceso accionistas
- Aviso legal
- Política de privacidad
- Cookies