VILA-REAL. El Ayuntamiento de Vila-real aprobará en su próxima Junta de Gobierno el calendario fiscal para el ejercicio 2020 que, como principal novedad, incorpora la posibilidad de fraccionar los plazos para el pago de la contribución en cinco cuotas. La ampliación del fraccionamiento de la contribución es una medida dirigida a facilitar el pago a las familias vila-realenses, introducida en la ordenanza fiscal de 2020 junto a otros incentivos destinados a favorecer la actividad económica y el alquiler.
"Hasta ahora, el pago de la contribución se establecía en un máximo de tres cuotas para aquellos que habían solicitado el fraccionamiento; ahora, ampliamos a cinco plazos las posibilidades de pago, de manera que a las familias les pueda resultar más fácil hacer frente a sus obligaciones tributarias sin que afecte a la liquidez del consistorio. Es un equilibrio complicado que finalmente hemos podido cuadrar", señala el alcalde, José Benlloch.
"Este año, como consecuencia fundamentalmente de la herencia urbanística del PP, con más de 28 millones de euros pagados ya desde 2011 y lo que nos queda, hemos tenido que incrementar el recibo de la contribución para garantizar el equilibrio en las cuentas y no paralizar la actividad municipal, pero introducimos también novedades como esta destinadas a aligerar en lo posible la carga a las familias", agrega.
Además del fraccionamiento en cinco cuotas, la ordenanza fiscal de 2020, que ha establecido un incremento del 10% de los recibos tras ocho años de congelación tributaria, incorpora otras tres medidas novedosas como incentivo a la economía: la bonificación del 95% del IBI a los inmuebles de organismos de investigación y universidades; otra bonificación del 50% para los inmuebles destinados a alquiler de vivienda, siempre que el precio no supere los límites establecidos por la norma municipal; y una última reducción del 95% para los inmuebles sujetos a actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal decididas por el Pleno, por concurrir causas sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo. Este último supuesto permitirá bonificar, entre otros, proyectos de economía social o que favorezcan a colectivos vulnerables.
Tras la incorporación de estas novedades a la ordenanza, el calendario fiscal de 2020 será el siguiente: del 3 de febrero al 2 de abril: Mercado Municipal (primer trimestre). Del 23 de marzo al 22 de mayo: Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y tasa de vados. Del 4 de mayo al 3 de julio: Mercado Municipal (segundo trimestre). Del 1 de junio al 15 de septiembre: Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (excepto pagos fraccionados), de Rústica y de Características Especiales.
Además, del 31 de julio al 1 de octubre: Mercado Municipal (tercer trimestre). Del 21 de septiembre al 20 de noviembre: Impuesto sobre Actividades Económicas. Y del 2 de octubre al 1 de diciembre: Mercado Municipal (cuarto trimestre).
En el caso de la contribución de urbana, aquellas familias que quieran acogerse al pago fraccionado en cinco mensualidades deberán tramitar la solicitud en Atención y Trámites antes del 31 de marzo. Para ello, será necesario domiciliar los recibos aportando en la solicitud el número de cuenta bancaria donde se les girarán cinco cuotas de igual cantidad los días 1 de junio, 1 de julio, 3 de agosto, 1 de septiembre y 1 de octubre.
Los contribuyentes que hasta ahora estaban acogidos al fraccionamiento en tres plazos pasarán automáticamente a cinco plazos, siempre que no se den de baja antes del 31 de marzo. Las contribuciones no fraccionadas cuyo pago esté domiciliado se cobrarán el 6 de julio.