CASTELLÓ. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha inadmitido el recurso presentado por la Asociación de Abogados Cristianos contra la aprobación inicial de los presupuestos de 2019 del Ayuntamiento de Castelló en relación a la posible retirada de la Cruz del Ribalta.
La Sala ha declarado la inadmisión del recurso porque la entidad demandante no presentó el documento que exige el artículo 45.2 -de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa- para acreditar que cumple los requisitos necesarios como persona jurídica para entablar acciones legales con arreglo a las normas o estatutos que le son de aplicación, según ha informado el TSJCV en un comunicado.
Del mismo modo, la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, recoge una segunda causa de inadmisión relacionada con lo establecido en la Ley de Haciendas Locales. En este sentido, el TSJCV señala que el presupuesto impugnado no habilita en realidad una partida específica para la retirada y demolición de la cruz del Paseo Ribalta de Castelló, sino una partida genérica para actuaciones en materia de memoria histórica.