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Se trata de compras que no pasan por concurso y la cuantía se eleva hasta los 150.000 euros 

El Botànic sube el precio máximo al que el Consell podrá comprar inmuebles para vivienda social

Foto: KIKE TABERNER
29/11/2021 - 

VALÈNCIA. El Consell podrá gastar más en la compra directa de inmuebles para atender la emergencia habitacional en la Comunitat Valenciana. Así lo recoge una enmienda presentada por los grupos del Botànic -PSPV, Compromís, y Podem- para la Ley de Medidas fiscales, más conocida como Ley de Acompañamiento, en la que se incluye un aumento del gasto en 50.000 euros para la adquisición de viviendas con un fin social. De esta forma, se pasará de los 100.000 euros actuales de precio máximo a los 150.000 que proponen los grupos. 

En concreto, la enmienda contempla una modificación del apartado cinco del artículo 40 de la Ley 14/2003 sobre la adquisición a título oneroso de bienes inmuebles y derechos inmobiliarios con el fin de ampliar el precio máximo. Hasta ahora estaba fijado en 100.000 euros, pero se ha decidido incrementarlo hasta los 150.000 ante la "tensión" en los precios en ciertas zonas de la Comunitat Valenciana, según explican fuentes de la Conselleria de Vivienda.

De acuerdo con la normativa vigente, el titular de la conselleria -tanto en el caso de Patrimonio como Vivienda- podrá autorizar excepcionalmente la adquisición directa de bienes inmuebles y derechos reales cuando fuese declarado desierto un concurso; cuando haya una reconocida urgencia en la adquisición a efectuar; cuando exista escasez de oferta del mercado inmobiliario de la localidad o el entono donde estén situados los bienes; si existe una necesidad que debe ser satisfecha; y en los casos en que la Generalitat ostente un derecho de adquisición preferente. 

En estos casos, el precio del bien debía, hasta ahora, ser inferior a los 100.000 euros, pero con la enmienda se eleva la cuantía hasta los 150.000 euros porque desde el Consell se ha considerado que el aumento de precios del mercado inmobiliario en algunas zonas de la autonomía valenciana obligaba a elevar la cuantía para poder actuar en casos de necesidad.

Foto: ESTRELLA JOVER

Según explican desde el departamento que dirige Héctor Illueca, el aumento generalizado en los precios de la vivienda, especialmente en zonas de costa como Dénia o Jávea, puede impedir que con el precio que recogía ahora la norma no se pudiera comprar un inmueble en caso de necesidad. "Preocupaba que llegado el caso de una emergencia habitacional concreta no darle solución porque el precio estaba disparado", insisten desde Conselleria. 

Por tanto, esta medida responde a la necesidad de contar con "mayor capacidad de acción atendiendo al aumento de precios del mercado", señalan. En cualquier caso, cualquier compra es tasada y revisada por los técnico de la Conselleria.

Además, estas compras se circunscriben a circunstancias de necesidad habitacional como por ejemplo una persona que se ha quedado sin una vivienda y necesita de forma urgente alojamiento o un ayuntamiento que requiere ampliar su parque público para destinar esa vivienda a colectivos vulnerables. 

De hecho, la mayor parte de las compras que ha hecho en los últimos años Vivienda han sido a través de otros mecanismos de compra pública como son los derechos de adquisición preferente del tanteo y retracto o el concurso para la compra de vivienda directa a particulares, mecanismos de adquisición más ágiles y con menores precios para la Administración.  

Según las cifras que maneja este departamento, a fecha de septiembre, la Conselleria había adquirido en año y medio de legislatura 450 viviendas, 315 a través del decreto de tanteo, tanto por parte de la Conselleria como de la Entidad Valenciana de Suelo y Vivienda (EVha), mientras que los otros 135 activos se compraron de forma directa por emergencia habitacional. 

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