El Consell aprueba un convenio para ejecutar el Programa de Rehabilitación de Edificios Públicos

30/12/2021 - 

VALÈNCIA (VP). El Consell ha aprobado la tramitación del convenio entre la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MTMAU) para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP) a través del cual la Generalitat recibirá 51 millones de euros de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

Este convenio tiene por objeto la concesión de ayudas directas para la rehabilitación sostenible del parque público institucional de las comunidades autónomas. La finalidad de estos créditos es financiar aquellas actuaciones en edificios de titularidad pública y uso público que persigan la mejora de la eficiencia energética; accesibilidad; habitabilidad y de conservación.

El programa, que se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), cuenta con una inversión total de 1.080 millones distribuidos entre las comunidades autónomas (480 millones) y entidades locales (600 millones).

Requisitos

El convenio señalada dos fases de ejecución así como un listado de actuaciones en reserva. Para la Fase 1 se establece que las actuaciones se deben ejecutar entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 y en Fase 2 el plazo de ejecución es hasta el 31 de marzo de 2026.

Uno de los principales objetivos que marca el convenio es el del ahorro energético. Para ello se recoge que las actuaciones financiables deberán suponer al menos, una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable un requisito que se acreditará mediante certificado energético.

Asimismo, las actuaciones financiables deben tener un carácter integrado, en el sentido definido por la Agenda Urbana Española, y responder a los criterios de sostenibilidad, inclusión y calidad estética previstos por la Nueva Bauhaus Europea.

Requisitos de aplicación

Los edificios sobre los que se lleve a cabo la rehabilitación deberán tener una fecha de construcción anterior a 1 de enero de 2009.

Asimismo, deberán ser de titularidad pública y en el caso de que existiese un régimen de cotitularidad sobre el inmueble entre distintas Administraciones Públicas, se exigirá que la comunidad autónoma ostente al menos el 51% de la propiedad.

Del mismo modo, deberán estar destinados a uso público, con exclusión de uso residencial vivienda pública (en todos sus regímenes), y mantenerlo destinado, al menos durante los próximos 20 años, al uso público.

Las actuaciones financiables deberán suponer al menos, una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable; disponer de un plan de gestión de residuos que suponga la preparación para la reutilización y reciclado de, al menos, un 70% de los residuos que puedan generarse en el desarrollo de estas actuaciones.

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