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El Gobierno logra un acuerdo con la Comunitat en la Ley de Función Pública para evitar un recurso al TC

Foto: EUROPA PRESS/R.Rubio.POOL
9/02/2022 - 

VALÈNCIA (EP). El Ministerio de Política Territorial ha alcanzado en enero un acuerdo con la Comunitat Valenciana sobre la Ley de Función Pública para evitar un recurso de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional sobre una norma en la que había discrepancias competenciales.

En enero, el Gobierno alcanzó también acuerdos con las comunidades autónomas de Murcia, La Rioja, Castilla-La Mancha y Galicia para evitar otros tantos recursos. Según informa el Ministerio que dirige Isabel Rodríguez, con estos cinco nuevos pactos se han logrado ya un total de 100 acuerdos en lo que va de legislatura.

En el caso de la Comunitat Valenciana, se trata de la Ley de la Función Pública, en el que ambas partes han alcanzado acuerdos de tal manera que el Gobierno valenciano se compromete a promover la correspondiente modificación legislativa en relación con distintos preceptos tales como el personal funcionario interino o el personal laboral.

Asimismo, han acordado interpretar distintos preceptos de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y en la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

El Gobierno central discrepaba de 14 artículos y de cuatro disposiciones de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, según se publicó en su día en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que se iniciaron negociaciones en el marco de la Comisión Bilateral Administración General del Estado-Generalitat.

En concreto, los artículos sobre los que existían diferencias eran el número 3 --ámbito subjetivo de aplicación--; 4 --personal con legislación específica--; 11 --L'Escola Valenciana d'Administració Pública--; y 18 --personal funcionario interino--.

Así mismo, había discrepancias con el artículo 19 --personal laboral--; 64 --personas con discapacidad o diversidad funcional--; 76 --derechos individuales--; 108 --clases de movilidad--; 122 --nombramiento provisional por mejora de empleo--; y 123 --cambios de puesto por motivos de salud, discapacidad o diversidad funcional--.

También en el artículo 124 --otros supuestos de adscripción por motivos de salud, discapacidad, diversidad funcional o rehabilitación--; el 133 --carrera horizontal del personal funcionario--; 141 --servicios especiales --; y 143 --reingreso al servicio activo desde la situación administrativa de servicios especiales--.

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