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EL REGLAMENTO Fija las normas de uso, seguridad y las sanciones por infracciones

La primera ordenanza de las playas de Almassora conjugará ocio y conservación natural

27/02/2021 - 

ALMASSORA. El Ayuntamiento de Almassora prepara la primera ordenanza municipal de las playas de la localidad para regular su uso y priorizar la conservación del entorno natural.  El texto marca las normas de utilización, de carácter higiénico y sanitario, las consideraciones al respecto de la vigilancia y la seguridad y el régimen sancionador. El consistorio quiere trabajar en la protección del entorno de las costas de Benafelí, Pla de la Torre y les Goles.

La ordenanza pretende regular el correcto uso del litoral conjugando el derecho que tienen todas las personas a disfrutar con el deber del Ayuntamiento de velar por la utilización racional en el marco de sus competencias. La finalidad es proteger y mejorar la calidad de vida y conservar el entorno natural sobre la base de la solidaridad colectiva. Además, la administración pretende hacer llegar la normativa aplicable a la ciudadanía, a través de esta ordenanza, que supone un instrumento más próximo y accesible para el vecindario.

El texto reconoce la playa de Benafelí, que comprende desde el espigón de la Mitgera hasta el de la calle Mestral (1.700 metros); la de Pla de la Torre, entre Mestral y Vora Riu (1.400 metros) y la playa de les Goles, incluida en el paisaje natural protegido de la desembocadura del río Millars. En todos los casos, el borrador señala el paseo, la estancia y el baño en las playas y el mar como preferentes sobre cualquier otro uso.

Tipos de infracciones

Según el borrador actual, las infracciones se clasifican en leves y graves. Estas últimas se refieren al depósito de materiales contaminantes o que puedan producir accidentes, la permanencia de embarcaciones fuera de las zonas acotadas, el depósito de residuos de materiales en combustión, la tenencia de animales no autorizados en las playas, la práctica de la pesca en época o horario no autorizado, la venta ambulante, utilizar los lavapiés para otros usos y negarse a cumplir las indicaciones del personal de vigilancia.

El texto refleja también la prohibición de realizar fuego a excepción de la celebración de la Nit de Sant Joan, en las zonas y condiciones autorizadas de uso, así como el uso de bombonas de gas y/o líquidos inflamables en las playas y también cocinar en la zona de arena de las playas. La nueva normativa en la que ya trabaja el equipo de gobierno señala también la prohibición de realizar botellones en la zona de la arena.

Las infracciones leves, aquellas que no se encuentran en los supuestos anteriores, llevarán aparejadas multas de 60 a 300 euros, mientras que las graves oscilarán entre 300 y 3.000 euros. El documento tiene en cuenta también la reincidencia de la persona responsable de las infracciones, la mayor o menor perturbación causada por la infracción en el medio ambiente y/o los usuarios y la intencionalidad del autor.

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