EL NUEVO DECRETO DE SANIDAD podrá mandar a los sanitarios a otro departamento 

La movilidad en las agrupaciones sanitarias en la Comunitat podrá ser forzosa si la situación lo requiere

26/02/2024 - 

VALÈNCIA. La movilidad de los profesionales sanitarios en las agrupaciones sanitarias interdepartamentales (ASI) aprobadas la pasada semana en el pleno del Consell podrá ser voluntaria o forzosa, si hay necesidades en el servicio. Así lo confirman desde la Conselleria de Sanidad, que el pasado viernes publicaba en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el decreto ley de medidas extraordinarias dirigidas a garantizar la asistencia sanitaria integral y en condiciones de equidad en el Sistema Valenciano de Salud.

Una norma que crea esta nueva fórmula de entidades organizativas que permitirá el uso compartido de recursos entre los departamentos de salud que las integren. La fórmula crea una estructura asistencial que integra hospitales y centros de atención primaria de diferentes departamentos de salud para asegurar el acceso de la población a la cartera de servicios en condiciones de equidad y de forma eficiente, según explicaba la conselleria. 

Con ello, cada profesional podrá prestar servicios conjuntos en dos o más centros de la ASI aun cuando mantengan su vinculación a uno solo de ellos. Una prestación que podrá serlo en jornada ordinaria, complementaria o continua. "Esta medida, que respeta los departamentos de salud actuales, contribuirá a una mayor disponibilidad de profesionales en ámbitos de difícil cobertura, aprovechando las ventajas derivadas del uso compartido de recursos", señalaban desde el departamento de Marciano Gómez

Las ocho ASI tendrán un hospital de referencia y acogerán varios departamentos que se estructuran en Castelló (departamentos de Castelló, Vinaròs y la Plana con el General de Castelló como referencia), València-Norte (Clínico-Malvarrosa, Sagunt y Gandia con el Clínico de referencia), València Oeste (Hospital General, Requena y Manises con el General como referencia); València Este (Doctor Peset, la Ribera y Xàtiva-Ontinyent con el Peset de referencia) y València Sur, integrado por La Fe y el Arnau de Vilanova con el primer centro como referente.

En Alicante se conforma la ASI Alicante Norte, con los departamentos de Sant Joan, Marina Baixa y Dénia y referencia en Sant Joan; Centro, con el General de Alicante, Elda y Alcoi y referencia en el General de Alicante y Sur, con los dos departamentos de Elche, Torrevieja y Orihuela, y el hospital de referencia en el Hospital General Universitario de Elche. 

Agrupaciones que engloban departamentos con distancias importantes entre sí, al conectar en algunos casos zonas de interior o ya cercanas a una provincia diferente con los hospitales de referencia de las ciudades. En todo caso, la movilidad será de un máximo de 90 días al año "en situaciones coyunturales" y cuando sea "necesario" para garantizar la asistencia continua del paciente. Sin embargo, para los sindicatos, no quedaba claro si la movilidad sería voluntaria o forzosa dado que no han formado parte de la confección de la norma, que fue aprobada por vía de urgencia y decreto ley.

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De hecho, a partir de ahora, las plazas ofertadas se vincularán no solo a un departamento, sino también a la ASI. "A partir de la entrada en vigor del presente decreto-ley todas las plazas que sean ofertadas en la fase de provisión de los distintos procesos selectivos que estén convocados o que se vayan a convocar, se ofertarán con la denominación de la Agrupación Sanitaria Interdepartamental correspondiente y departamento en el que se ubique dicha plaza", señala la disposición cuarta del decreto. Una norma que recuerda a las planteadas durante la pandemia, cuando se aprobaron resoluciones para mover voluntaria o forzosamente a los sanitarios tanto a nivel de especialidad como geográficamente si las necesidades lo requerían. 

Las ASI, como se explica en la norma, tendrán un comité directivo propio formado por el personal directivo de los departamentos de salud integrados en ella y una dirección-gerencia que recaerá en quien ostente la gerencia del departamento de referencia. Además, no se tendrá derecho a retribución alguna por ser personal directivo de las ASI.

Los sindicatos, alarmados

El nuevo modelo ha caído como un jarro de agua fría en los sindicatos, al no pasar por mesa sectorial a pesar de afectar al personal sanitario. "Es un decreto aprobado de forma unilateral que cambia las condiciones de trabajo de los profesionales de la sanidad y debería ser llevado a mesa sectorial para que la parte  social pudiera dar su opinión", señalan desde la Federación de Serveis Públics de UGT. "Implica movilidad geográfica  entre el personal sanitario, cambios en los procesos selectivos y en la progresión de grado de carrera profesional. Para UGT es fundamental que la movilidad sea voluntaria y retribuida".

"El sindicato, tras analizar el documento, considera inaceptable que no haya una comisión negociación para garantizar su aplicación, la voluntariedad del personal para la movilidad es muy importante y el documento nos deja dudas importantes que afectan a las condiciones laborales y retributivas del personal y que pueden afectaren  su salud mental y conciliación familiar", recalcan.

En la misma línea se pronuncia FSS CCOO PV. "Es un decreto ley para el que no está justificada la declaración de urgencia, porque el conseller lo lleva anunciando desde agosto", señalan. "Hurta el derecho a la negociación colectiva y el control parlamentario, empeora las condiciones de trabajo y no va a contribuir a mejorar la atención", insisten. De hecho, anuncian movilizaciones esta misma semana para mostrar su rechazo a la norma, que no pueden recurrir al ir por decreto ley. "Se salta la negociación, el tramite parlamentario, la exposición publica y es más difícil recurrirla".

En este sentido, señalan que al ser una ley deben ser 50 diputados, 50 senadores o el Defensor del Pueblo quien solicite la inconstitucionalidad de la norma. "Nos vamos a a dirigir a ellos y espero que atiendan nuestra solicitud", insisten.

Concursos por méritos para difícil cobertura

Como ya explicaba Valencia Plaza, el nuevo decreto propone un nuevo modelo para las plazas de difícil cobertura, en el que éstas se sacarán a concurso y se otorgarán por baremo de méritos. Una fórmula destinada a los departamentos con dificultades para encontrar sanitarios:  Vinaròs, Requena, Elda, Orihuela y Torrevieja, así como en las zonas básicas de salud de Ademuz, Chelva y Titaguas. 

El sistema del concurso podrá emplearse durante un plazo de tres años desde la entrada en vigor del decreto-ley, en estos casos específicos. Unos méritos que se definirán en las convocatorias, que solo podrán incluir las plazas por categoría y centro y justificada en el contexto de puesta en marcha de la norma.


Una vez que entre en la plaza, la persona seleccionada adquirirá la condición de personal estatutario fijo y podrá participar en los concursos de traslados de su categoría y/o especialidad, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría y/o especialidad, cuando cumpla los requisitos comunes y acredite tres años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino en el concurso.

Así, para hacer atractiva la participación en los procesos convocados atendiendo a este decreto ley, se establecen incentivos, como una mejor puntuación en los baremos por los servicios prestados en estos puestos. En este sentido, a los efectos de futuros concursos, se incrementa la puntuación por mes de servicios prestados en zonas de difícil cobertura al triple, respecto de una zona no catalogada como tal, entre otros beneficios.

Dudas en la incentivación

Mientras, también se mantienen medidas de carácter retributivo y estas plazas podrán ser incentivadas con un complemento específico "de forma excepcional y sujeto a evaluación periódica" cuya cuantía anual será de 10.000 euros para plazas incluidas en el subgrupo de clasificación A1, como ya recogía el decreto del Gobierno del Botànic, y 6.500 euros para las incluidas en el subgrupo A2.

Sin embargo, se apunta que, por resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad se determinará, en el ámbito de la atención hospitalaria a qué servicios, y en el ámbito de Atención Primaria a qué centros podrá aplicarse la incentivación económica prevista y en ambos casos se precisará informe favorable previo de la dirección general competente. 

"Cuando por parte de la conselleria con competencias en materia de sanidad se considere que, respecto de alguna categoría y especialidad, están plenamente garantizadas las necesidades asistenciales, se podrá dejar sin efecto la medida incentivadora prevista en este artículo, mediante resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad", se señala. En este sentido, se realizará una evaluación de las plazas objeto de incentivación, en aras a determinar la continuidad o no de dicha incentivación. 

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