normativa municipal

Los pubs de Nules abrirán sin limitadores acústicos una vez concluya el estado de alarma

18/05/2020 - 

CASTELLÓ. Los locales de ocio de Nules que reabran sus puertas tras el estado de alarma lo harán sin la obligatoriedad de contar con aparatos limitadores de ruido en sus equipos musicales. El Ayuntamiento prevé culminar en las próximas semanas el proceso de supresión de los cuatro artículos y de la disposición transitoria primera de la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica.

El pleno del consistorio aprobó a finales de enero la eliminación de tres preceptos: la retirada de la obligatoriedad de instalar en los pubs los limitadores de ruidos y los sistemas de transmisión remota de los datos (punto D del artículo 22); la supresión del preceptivo certificado de instalación del limitador sonométrico (artículo 23); la eliminación de las instrucciones a seguir en caso de avería de los limitadores acústicos (artículo 24); la omisión de la multa por infracción leve por superar los límites sonoros (punto O del artículo 54); y, por último, la retirada de la Disposición Transitoria Primera, que fijaba una retroactividad de la ordenanza de 6 meses.

Desde el consistorio han remarcado su confianza en que esta flexibilización de la normativa acústica entrará en vigor cuando pase el estado de alarma, una vez sean contestadas las alegaciones. El concejal de Urbanismo de Nules, César Estañol, ha remarcado que los limitadores y la auditoría acústica que fijaba la ordenanza aprobada en la legislatura pasada generaban “una serie de problemas que llevaban a un sobrecoste económico” a los empresarios, así como “problemas en el funcionamiento de los equipamientos”.

En qué consisten los cambios

El edil ha añadido que “en esta modificación de la ordenanza eliminamos la regulación de este punto sin eliminar los limitadores de los locales, ya que cada local continúa teniendo el nivel máximo de ruido permitido”. Antes de que entrara en vigor la ordenanza, la Policía Autonómica comprobaba que cada local de ocio nocturno tuviera la preceptiva licencia y respetara los niveles máximos de ruido. “El limitador no restringe el ruido que hace la gente, solo el del equipo de música, y adecúa el nivel al que se aprueba en el proyecto del local”, ha remarcado.

El ejecutivo municipal ha impulsado este cambio en la ordenanza a petición de la media docena empresarios del sector en Nules, que se sentían perjudicados ya que la sola presencia de clientes en sus locales hacía saltar el limitador acústico, por lo que la música apenas se escuchaba.

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