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el organismo negó a un candidato la información en varias ocasiones

Tirón de orejas del Síndic al IVC por retener las actas de elección de sus direcciones adjuntas

20/08/2024 - 

VALÈNCIA. El concurso público que eligió a los actuales directores adjuntos del Institut Valencià de Cultura (IVC) sigue trayendo cola meses después de su resolución. El Síndic de Greuges ha hecho pública la resolución de una investigación iniciada a raíz de la queja de un aspirante porque el ente cultural le denegó el acceso a las actas que le excluyó del proceso.

Cabe recordar que, en las bases de esta convocatoria, se optó por mantener el formato de un jurado que decidía quién era el mejor candidato, primero valorando el proyecto y más tarde a través de una entrevista. Pero sí hubo cambios significativos con el anterior concurso que permitía una menor transparencia: por una parte, no había puntuaciones per se, y por tanto, no había posibilidad de impugnar cifras y cálculos objetivos. Por otra, el jurado podía desechar candidaturas si no creían que su proyecto o el currículum pasaran el corte (subjetivo), por lo que había personas que, habiendo desarrollado su proyecto, ni siquiera fueron entrevistadas.

El candidato que ha iniciado el proceso en el Síndic fue uno de ellos. Lo hizo concretamente para optar al puesto de Director Adjunto de Audiovisuales. Se presentaron en total siete personas, pero tan solo se entrevistó a dos de ellas. Cuando el proceso terminó, varios candidatos preguntaron al IVC si habría alguna posibilidad de saber el motivo o incluso si se podía impugnar la decisión. El demandante no recibió “ninguna notificación en relación con su exclusión del proceso, ni ser requerido de subsanación ni notificado sobre instrucciones para la fase de entrevista”, según recoge el informe.

Tras una petición formal y directa al IVC para poder disponer de las actas, el Institut se la negó justificando que, al facilitárselas, estaría revelando datos personales del resto de candidatos y candidatas. El excluido las solicitó entonces a través de una queja formal al Síndic de Greuges. Y ahí empieza una nueva odisea.

El organismo de control de la administración pública pidió al IVC que le facilitara las actas, pero desde el departamento de Cultura justificaron su negativa porque en las bases se especificaba que estas se comprometían a “garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales” de los diferentes candidatos.

El Síndic de Greuges volvió a exigirle los documentos al IVC, gracias a la insistencia del demandante, que pidió “que se le entregaran las actas del proceso de selección tras ser anonimizadas, entendiendo que dicho proceder garantizaría la confidencialidad”. El Institut Valencià de Cultura adjuntó entonces las actas pero “únicamente” estaban “completamente visibles los datos relativos al lugar, fecha y hora de celebración de la reunión, la identidad de los miembros de la Comisión que concurren a la misma, el orden del día, la comunicación de causa de abstención por uno de los miembros de la Comisión, la exclusión de un aspirante por falta de la titulación requerida, y la convocatoria para la fase de entrevistas”.

El resto del documento de 14 páginas (es decir, la inmensa mayoría de la información) estaba censurado, sin aportar ningún dato nuevo al aspirante excluido sobre la decisión del jurado. Las actas desarrollaban, para cada candidatura, estos apartados: “CV resumido”, “Principales líneas de proyecto” e “¿Incluye presupuesto?”, además de la razón por la que se le excluyó o incluyó en la fase de entrevistas. 

El IVC entiende que las conclusiones del jurado son confidenciales; el Síndic opina lo contrario: “consideramos que la existencia de una cláusula de confidencialidad en las bases del procedimiento de selección no puede equipararse con una cláusula de secreto. Solo la declaración de secreto oficial de todas o parte de unas actuaciones podría amparar el rechazo a su conocimiento por quien, como en el presente caso, ostenta la condición de interesado. Y al hilo de lo anterior, la normativa que regula el régimen jurídico de los cargos convocados no prevé la confidencialidad ni como principio de actuación ni como obligación”.

Por ello, desde el Síndic pidieron por tercera vez al Institut Valencià de Cultura las actas. En esta ocasión, al menos sin censurar los datos relativos a la decisión del jurado tanto del aspirante demandante como de la candidata que ganó el proceso, María Fuster. Y el ente finalmente accedió.

El candidato opina que el proceso fue “discrecional”

Este diario ha localizado al candidato que solicitó la documentación y ha recogido su opinión de todo el proceso. En su opinión, las valoraciones proyectadas en las actas no se corresponden con sus méritos, avales y desarrollo de su proyecto, por lo que entiende que se le ha infravalorado de manera premeditada. También se lamenta porque “el proceso es como todos los que se han hecho en el IVC a lo largo de los años: discrecional”. 

“Se me ha hecho trabajar en balde, porque si uno sabe desde el principio que el proceso está dirigido, no se tira dos semanas preparando la documentación y los avales”, añade. En todo caso, reconoce que sus quejas y sospechas no tienen mayor recorrido una vez el IVC le ha entregado las actas (a la cuarta, y Síndic de Greuges mediante) y no se ha iniciado ningún proceso de impugnación por la vía judicial.

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