La Actual Ley marca el plazo en máximo seis años

El Consell propone que particulares cedan sus viviendas para alquiler social mínimo ocho años

1/08/2019 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática propone modificar la actual Ley de la Función Social de la Vivienda para ampliar el plazo de duración de la cesión de viviendas de particulares a la administración valenciana para ponerlas en alquiler social. Una posibilidad que incluye la norma a cambio de que el Consell se hace cargo de la rehabilitación del inmueble.

Esta normativa, aprobada en Les Corts durante la pasada legislatura por el Botànic, fija en un periodo máximo de seis años la cesión de los inmuebles a la Generalitat para que, a través de la red de intermediación, se disponga para su arrendamiento. La propuesta del departamento que dirige Rubén Martínez Dalmau, establece la duración en un mínimo de ocho años, según publicaba este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). El cambio propuesto obedece a la entrada en vigor del Real Decreto del Gobierno en materia de vivienda y alquiler que incluye la ampliación de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de 3 a 5 años o a 7 años si el arrendador es persona jurídica, según explican a este diario fuentes de la Conselleria.

Esta iniciativa contemplada en la ley valenciana prevé favorecer a los propietarios de las viviendas que no pueden mantenerlos ni rehabilitarlos, pero que sí que quieren conservar la propiedad, movilizar las viviendas desocupadas, obtener más viviendas para políticas sociales, propiciar que se hagan obras de rehabilitación para generar ocupación.

Para ello, la ley establece que los interesados harán cesión del usufructo de sus viviendas a la Generalitat, a través de la EntidadValenciana de Vivienda y Suelo, por un periodo mínimo de ocho años, para que ésta disponga de las mismas con destino a alquiler solidario. La Conselleria competente en materia de Vivienda, a través de la Entidad Valenciana deVivienda y Suelo (EVha), será la encargada, en estos casos, de hacer el estudio económico y la rehabilitación pertinente, gastos que, junto a todos los derivados de la gestión, serán compensados con el cobro de la renta mensual hasta que estos estén cubiertos.

El EVha abonará en especie el precio del usufructo cedido, asumiendo el coste de la rehabilitación de la vivienda. En el caso de que el coste total de la rehabilitación sea inferior al precio de cesión del usufructo de la vivienda por el período indicado, la Generalitat compensará al propietario por la diferencia en metálico.

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