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El DOGV publica el decreto con las restricciones navideñas por la covid-19

Foto: KIKE TABERNER
18/12/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). El Diario Oficial de la Genealitat Valenciana (DOGV) ha publicado este viernes el decreto de la presidencia del Consell con las restricciones anunciadas ayer por el president Ximo Puig para tratar de frenar la escalada de contagios por el coronavirus covid-19 en la Comunitat.

El texto, recogido en una edición bis del DOGV del 18 de diciembre, transcribe el decreto de presidencia de la Generalitat, que entrará en vigor a las 00 horas del 21 de diciembre y que contiene las medidas para hacer frente a la situación de crisis sanitaria en la Comunitat, complementarias de la declaración del estado de alarma, "teniendo en cuenta la valoración global de indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, y en base a los informes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública".

Las principales medidas son la limitación de la entrada y la salida en las tres provincias valencianas (sólo se autorizan los desplazamientos debidamente justificados), la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, y la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.

La limitación de circulación de las personas en horario nocturno será entre las 23.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana. En las noches del 24 y del 31 de diciembre de 2020, la limitación se ampliará hasta las 24.00 horas únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.

La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no podrá superar el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y ello sin perjuicio de las excepciones que se establezcan respecto de dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público.

La permanencia en espacios de uso privado quedará, asimismo, condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. En todo caso, se recomienda que de dicho número no formen parte más de dos grupos de convivientes. 

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