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El Gobierno y el Consell resuelven la controversia sobre el estatuto del consumidor

18/12/2019 - 

VALÈNCIA (EFE). El Gobierno central y el Consell han llegado a un acuerdo por el que resuelven las discrepancias manifestadas sobre la ley autonómica referida al Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana, y en consecuencia dan por concluida la controversia planteada.

El pasado mes de junio se abrió una Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Generalitat sobre tres apartados de dicha ley, que fue aprobada por unanimidad en Les Corts y cuyo objetivo era garantizar el derecho de información de las personas consumidoras cuando contratan préstamos hipotecarios y otros créditos.

El Gobierno discrepaba del artículo 6 de la ley, que establece la nueva regulación sobre los derechos de consumidores y usuarios sobre la titulización de préstamos hipotecarios o de otros tipos y obliga a las entidades a informar de las cesiones, y sobre la disposición adicional única, que actualiza las infracciones de consumo para añadir la omisión de información de estas cesiones.

También discrepa de la disposición transitoria segunda de la ley, que establece que las entidades bancarias y financieras deberán comunicar en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley a quienes tengan préstamos o créditos si los han cedido o transmitido, y si no lo hacen será una falta grave.

Según el acuerdo en la Comisión Bilateral, ambas partes coinciden en que esos tres apartados de la norma valenciana sobre el derecho de los consumidores a ser protegidos frente a prácticas comerciales desleales y a recibir información sustancial deben interpretarse "sin perjuicio de los dispuesto en la legislación civil y mercantil del Estado".

En especial, las dos Administraciones manifiestan la "plena vigencia" de lo que marca el artículo 242 del Reglamento Hipotecario, referido a la cesión de créditos hipotecarios, y el Consell se compromete a "clarificar reglamentariamente" que su legislación de consumo "en ningún caso modifica" lo establecido en ese artículo del reglamento estatal.

En concreto, el compromiso del Gobierno valenciano ha de cumplimentarse en el marco de los criterios de interpretación que ha realizado el Tribunal Supremo en el análisis de abusividad de estas cláusulas en los contratos financieros, según la resolución que publica este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

El acuerdo alcanzado en esta Comisión Bilateral implica que el Gobierno no presentará un recurso de constitucionalidad contra la ley valenciana. 

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