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El IVF activa una línea de préstamos para pymes que no pueden acceder a sus propios fondos

11/05/2020 - 

VALÈNCIA (EP). El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la convocatoria del Instrumento Financiero Préstamo Subordinado del PO Feder CVA 2014-2020, que incorpora la nueva línea de financiación 'Préstamo Participativo IVF Feder Coronavirus'.

Como gestor del Fondo de Fondos de Instrumentos Financieros del PO 2014-2020 CVAL Feder, el Institut Valencià de Finances (IVF) ofrece esta nueva línea de financiación para apoyar a las pymes valencianas con necesidades de financiación derivadas de la actual situación de crisis sanitaria por la Covid-19 que por su situación de solvencia no tienen posibilidad de acceder a los mecanismos de liquidez del ICO y el propio IVF.

Se trata de un instrumento de cuasi capital que, a efectos mercantiles, forma parte de los fondos propios del beneficiario, mejorando de este modo la solvencia de las empresas objeto de financiación. Este incremento inducido de solvencia permite mejorar la calificación crediticia del solicitante y, con ella, el acceso a la financiación otorgada por entidades financieras privadas y fondos de inversión.

El importe de estos préstamos podrá oscilar entre los 25.000 y los 500.000 euros, a un plazo de hasta ocho años y con carencia de amortización de capital de hasta tres años.

El tipo de interés aplicado será de Euribor, más el diferencial que corresponda al margen financiero del ejercicio, que equivaldrá a la rentabilidad financiera registrada por el prestatario en el último ejercicio cerrado, con un valor mínimo del 4 % y un valor máximo del 7%.

Al igual que el resto de productos financieros ofertados por el IVF, estos préstamos participativos no incluyen comisiones ni por apertura ni por cancelación, y para estos préstamos no se exigen garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto.

La financiación otorgada por el IVF estará vinculada a la obtención por parte de la empresa de financiación bancaria adicional, que deberá representar al menos el 35 % de la financiación aportada por el IVF. El plazo de vencimiento de dicha financiación deberá ser al menos similar al plazo de carencia del préstamo participativo otorgado por el IVF.

Requisitos de los préstamos

Podrán acceder a esta línea las pequeñas y medianas empresas con domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat, con la excepción de aquellas que desarrollen su actividad en alguno de estos sectores: fabricación de armamento y derivados; juegos de azar y material correspondiente; fabricación, transformación o distribución de tabaco; actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional; actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria; o actividades meramente financieras.

Las empresas que opten a esta financiación deberán acreditar que a 1 de enero de 2020 no se encontraban en situación de crisis, para ello, acreditarán una probabilidad de incumplimiento a esa fecha inferior o igual al 8%, de acuerdo con el informe de riesgos de la entidad bancaria que cofinancie, y estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.

 

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