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El Supremo avala el derecho de la UCV a hacer prácticas en hospitales públicos

8/07/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). La Universidad Católica de Valencia (UCV) ha anunciado este miércoles que el Tribunal Supremo ha avalado su derecho a "no ser excluida y discriminada" del convenio para la realización de prácticas sanitarias de alumnos de Ciencias de la Salud en hospitales públicos.

Según ha informado la UCV en un comunicado, la sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo considera que "la universidad privada tiene derecho a no ser excluida de realizar un convenio con la Administración por su condición de universidad de titularidad privada".

El fallo del TS, añade la universidad católica, advierte de que "la Administración autonómica no puede denegar la realización de un convenio fundado en el carácter privado de la universidad, a tenor del sistema de concertación entre universidades e instituciones sanitarias".

El rector de la Universidad Católica San Vicente Mártir de Valencia, José Manuel Pagán, confía en que esta sentencia "cierre una etapa y se abra una nueva en materia de prácticas y de becas".

Pagán ha recordado asimismo que esta sentencia se suma a las dictadas por el TSJ de la Comunitat Valenciana y por el Tribunal Constitucional, "todas en el mismo sentido -ha apuntado- de reconocer el derecho de nuestros alumnos de ciencias de la salud a realizar prácticas en centros públicos".

El rector espera que, a partir de ahora, se "prime la formación de excelencia de los alumnos de Ciencias de la Salud de las universidades valencianas, públicas y privadas".

Pagán agradece asimismo la actitud de la consellera de Sanidad, Ana Barceló, que les "anima a pensar que es posible la colaboración en el compromiso de formar los mejores profesionales de la salud para la sociedad".

La sentencia del TS, añaden desde la UCV, "confirma que no existe un impedimento legal" para establecer convenios de colaboración con las universidades privadas y "declara nula la denegación del convenio basada en el carácter no público de la UCV".

El fallo argumenta asimismo -precisa la universidad- que "se ha desvanecido, tras la sentencia 14/2019, el alegato de la Administración" y confirma la declaración de "inconstitucional y nulo" el inciso "de titularidad pública" de la norma legal valenciana, por invadir competencias del Estado en la materia.

La sentencia estima sin embargo en parte el recurso de casación de la Generalitat en cuanto que "la universidad privada no tiene un derecho absoluto e incondicional a suscribir un convenio con la Administración", pero precisa que "tampoco lo tiene la universidad pública".

Ahora bien, reconoce el derecho de la UCV a suscribir convenios con las instituciones sanitarias públicas de la Comunitat Valenciana dentro del "marco jurídico aplicable".

Así, concluye que la UCV tiene derecho a instar a la realización del convenio y a negociar con la Administración, "dentro de la acción concertada tan frecuente en materia de educación y sanidad". 

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