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la sala rechaza deducir testimonio contra Francisco Camps

La Audiencia acredita que la Gürtel se repartió el sobrecoste de 3,2 millones de la visita del Papa  

26/11/2020 - 

VALÈNCIA. Una nueva sentencia de la Gürtel impone penas de hasta a 15 años de cárcel para los principales responsables de la adjudicación ilegal al grupo Correa del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del papa Benedicto XVI a València con motivo del V Encuentro de las Familias de julio de 2006. Actuaciones con las que se cometieron los delitos de prevaricación, malversación, blanqueo, cohecho activo, fraude a la administración pública, falsedad en documento oficial, falsedad en documento mercantil y delitos contra la Hacienda Pública. La resolución, de 556 páginas, considera probado que la trama se repartió el sobrecoste de 3,2 millones de los contratos del evento.   

En ella se pone de manifiesto que el sistema de captación de negocio de la contratación pública utilizado de forma recurrente por el grupo Correa y la tipología de prestación del servicio usando distintas modalidades es muy similar a la que se empleó en la pieza relativa a Fitur (la que fue la primera sentencia de Gürtel en 2017). 

El origen del procedimiento sobre la visita del Papa tuvo lugar a raíz de la investigación del caso Gürtel que se empezó a seguir en Madrid en 2008. Tras llegar al Tribunal Superior de Justicia, éste se inhibió en favor del de Valencia -por una parte de los hechos que afectaban a este territorio-, el cual formó varias piezas separadas. Entre ellas, la que ahora ya cuenta con sentencia.

La investigación regresó en 2015 a Madrid y fue asumida por el Juzgado Central de Instrucción número 5, que en 2016 acordó la apertura de juicio oral a los acusados. La pieza pasó entonces a la Audiencia Nacional, donde el juicio tuvo lugar entre marzo y julio de 2020 en un total de veinte sesiones. En ese intervalo de tiempo falleció el exdirector general de la Policía Juan Cotino por coronavirus, de modo que su responsabilidad criminal quedó extinguida.

En total hay 23 acusados, de los que 19 han sido condenados y 11 han reconocido esencialmente los hechos. La sentencia acredita que, al menos desde octubre de 2005, el grupo Correa, teniendo conocimiento previo de la visita del Papa a València, inició una serie de actuaciones dirigidas a conseguir la adjudicación de modo ilícito de la prestación de servicios y suministros necesarios para el desarrollo de dicho evento. Para ello, Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez mantuvieron, directa e indirectamente, reuniones y contactos con el entonces conseller Juan Cotino, con Radiotelevisión Valenciana y con otras personas vinculadas a la Fundación V Encuentro de las Familias. El objetivo era conseguir que ésta otorgara la contratación del alquiler de pantallas, megafonía, vídeo, escenario, escenografía o vallas a este grupo.

Para acometer el proyecto, constituyeron una UTE empresarial con Trasgos Comunicación (de la que se encargó Ramón Blanco Balín, según reconoció) con la que posicionarse como uno de los licitadores del concurso público que se convocaría posteriormente para la adjudicación de los trabajos. Asimismo, encargaron a César Tomás Martín Morales -abogado, y administrador único de la sociedad Free Consulting- la redacción de un pliego de condiciones económico-administrativas particulares y de prescripciones técnicas que recogían las distintas partidas a incluir. De forma simultánea, solicitaron presupuestos de diversos proveedores con la idea de disponer del coste aproximado del total de los trabajos.

Cambio de estrategia: contratación de RTVV a Teconsa

Pero finalmente no prosperó la alianza entre Orange Market y Trasgos, fracasó el proyecto de obtener la adjudicación global de los servicios y suministros del evento y se optó por la contratación desagregada de las distintas partidas, por lo que los acusados cambiaron su estrategia y orientaron su actuación a conseguir el contrato de las pantallas y el sonido. Momento en el que entró en juego, señalan los magistrados, Pedro García, para que fuese RTVV y no la Fundación V Encuentro de las Familias la encargada de la adjudicación. 

De este modo, señala la sentencia, hubo un concierto entre Correa, Crespo, Pérez y García para que la contratación se realizara por parte de la radiotelevisión valenciana a favor de la empresa pantalla del grupo, Teconsa. Para llevarlo a efecto, indica, contaron con la aquiescencia de personas vinculadas a la Fundación, la cual, mediante la firma de un convenio de colaboración, cedió la señal al ente público y éste, a cambio, se hacía cargo del suministro de pantallas y sonido para que los asistentes al encuentro pudieran ver al Papa, ahorrándose así el coste de tales servicios. En la redacción de dicho convenio participaron Luis Sabater y Ricardo Calatayud.

   

RTVV adjudicó, pues, a la empresa Teconsa a través de un procedimiento negociado sin publicidad tramitado por urgencia, el alquiler de equipamiento de pantallas de vídeo, sonido y megafonía para dar la cobertura televisiva a la visita del Papa por un importe de 7.493.600 euros (con IVA). Cantidad muy superior al coste real de los trabajos necesarios para su ejecución, lo que supuso -afirma la Audiencia Nacional- un sobrecoste que cifran en 3,2 millones para los fondos públicos "y un correlativo enriquecimiento ilícito a favor de los acusados que intervinieron de forma decisiva en dicha adjudicación". 

Ésta, inciden, se realizó con anterioridad al inicio del expediente administrativo de contratación y "a espaldas de los principios de publicidad y concurrencia, cuya tramitación posterior se hace con la finalidad de dar cobertura formal, de revestir de aparente legalidad una adjudicación ilícita".

En ese proceso, sostienen los magistrados, tuvo una intervención decisiva Pedro García, que como órgano de contratación dio inicio al expediente, eligiendo el procedimiento y aprobando los pliegos, y dictó la resolución a favor de la empresa predesignada Teconsa, firmando seguidamente el contrato con la misma. Por ello, consideran probado que cobró una comisión con cargo a ese sobrecoste obtenido de fondos públicos, "si bien en todos esos trámites se sirvió y contó con el auxilio de los empleados públicos de RTVV, cada uno de los cuales aceptó realizar lo que le correspondía con arreglo a su función".

Los mayores beneficiarios fueron, sin embargo, Correa, Crespo, Pérez y el responsable de Teconsa, José Luis Martínez Parra. Todos ellos "monitorizaron o controlaron el proceso al completo, desde la captación del negocio hasta la preparación, negociación con proveedores, ejecución de los trabajos y reparto de los beneficios, interviniendo materialmente en la redacción de los pliegos de condiciones y del contrato de adjudicación y en la conformación de las ofertas para orientar la decisión hacia la empresa querida por ellos".

Para la salida de esos fondos públicos hubo tres vías: las facturas falsas a empresas por servicios no prestados realmente; la asunción directa de gastos personales de miembros de la organización; y la asunción indirecta de gastos.

Del beneficio obtenido con la visita del Papa, las dos disposiciones iniciales fueron a financiar operaciones de inversión inmobiliaria de la organización de Francisco Correa (en La Nucía, Alicante y en Montalbo, Cuenca), y el resto se repartió entre Correa, Crespo, Pérez, García y Blanco Balín. 

No deduce testimonio contra Camps 

Aunque en sus conclusiones definitivas la Fiscalía pidió que se dedujera testimonio, entre otros, contra Francisco Camps por delito de falso testimonio, la Audiencia lo rechaza. Los magistrados razonan que la solicitud se realiza de forma genérica sin señalar de manera concreta "en qué aspectos o extremos ha faltado a la verdad en sus declaraciones en el juicio oral" (en las cuales negó haber tenido relación alguna con los hechos). A lo que añaden que debe tenerse en cuenta que el expresidente de la Generalitat se encuentra imputado en otro procedimiento seguido en Valencia por la visita del Papa, por lo que en su comparecencia se le informó de que podía no declarar lo que pudiera afectar a esa causa. 

Las Penas

La Audiencia Nacional condena a 19 de los 23 acusados en esta pieza. Impone 13 años y siete meses de cárcel al líder del grupo Correa Francisco Correa; 15 años y cinco meses a su mano derecha Pablo Crespo; seis años y nueve meses a su colaborador Álvaro Pérez 'El Bigotes'; y 11 años y siete meses al vicepresidente de la empresa Teconsa José Luis Martínez Parra.

Más allá de la cúpula de Gürtel, figuran varios excargos de la radiotelevision valenciana. El que se enfrenta a mayor pena es el exdirector de RTVV Pedro García Gimeno con una condena de seis años y medio de prisión, rebajada notablemente por las atenuantes muy cualificadas de dilaciones indebidas y de confesión tardía. La Fiscalía, en su escrito de acusación inicial, pedía para él 40 años de prisión. Pero tras un acuerdo, confesó en el juicio que recibió indicaciones políticas para adjudicar el servicio a Teconsa -empresa pantalla de la trama Gürtel- y señaló al expresidente de la Generalitat Francisco Camps. Anticorrupción rebajó su solicitud a los 9 años. 

El resto de acusados han sido condenados a penas que van desde los ocho meses de cárcel, como el caso de Jacobo Gordon, a los tres años de Francisco Javier Arnuncio Perugio. Mientras, Ramón Blanco Balín ha sido condenado a un año y medio de prisión.

Por el contrario, la Sala absuelve a dos acusadas para las que la Fiscalía Anticorrupción retiró la acusación en el juicio, Noemí Márquez y Alexandra Andrea Benesovsky, mientras que otros dos procesados fallecieron: el exconseller y expresidente de Les Corts Juan Cotino, víctima de la Covid-19 en abril, y Luis Sabater, que fuera jefe del departamento técnico de RTVV en esas fechas, y murió en octubre tras una enfermedad, por lo que quedó extinguida su responsabilidad penal.

La Sala también ha impuesto dos años y medio de prisión a otros exdirectivos y responsables de la cadena autonómica: el que fuera jefe de Antena, Antonio de la Viuda; el ex secretario general de RTVV, Juan Prefaci; el también ex 'número dos' de la cadena, Vicente Sanz; el ex jefe de la Unidad de Compras de RTVV, Salvador Benjamín Íniguez y la ex abogada de los Servicios Jurídicos, María Encarnación Pérez Pallarés.

A Ricardo Calatayud, ex jefe del Departamento Económico-Financiero de RTVV y el ex director José Llorca les ha impuesto un año y diez meses de prisión.

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