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reabre el caso por posible prevaricación al asumir la Generalitat un aval de Bankia

La Audiencia de Valencia cree que Camps firmó el aval de Valmor por interés político personal

Foto: KIKE TABERNER
16/10/2019 - 

VALÈNCIA. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia decidió este martes reabrir la pieza I del caso Valmor, la que investiga desde las negociaciones con el magnate de la Fórmula 1 Bernie Ecclestone hasta la firma del contrato por el que la Generalitat sustituía a Bankia (antes Bancaja) como avalista de la empresa privada Valmor Sports, organizadora del Gran Premio de F1. El auto, del que ha sido ponente el magistrado José Luis Fenellós, reabre el caso en el que estaba imputado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps.

Sobre el contrato en cuestión afirma que "cabe sostener que, ante la notoria situación de inestabilidad política en que se encontraba Camps y que condujo a su dimisión al día siguiente a la firma de dicho documento, se optara por la solución que interesa al fin perseguido en perjuicio del procedimiento debido -que permitía proteger los intereses públicos del abuso de poder-".

Y concluye: "La decisión de intervención de la Generalitat Valenciana en dicho documento o contrato en calidad de avalista se adoptó sin seguir procedimiento administrativo alguno. Como se ha señalado, existen indicios abundantes de que ello se debió a la indicación expresa a tal respecto del investigado Sr. Camps. Con independencia de cuáles fueran los motivos para ello, cabe considerar, en este momento y con la información con que se cuenta, que tales hechos pudieran constituir una conducta constitutiva del delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal".

El tribunal afirma que "no comparte" el criterio de la jueza instructora y el fiscal de que, al alegar la defensa de Camps que el contrato de garantía no llegó a surtir efecto -según varios correos electrónicos de dos años después- eso determinaría "la inexistencia de perjuicio al erario" y por tanto de delito. Según la Audiencia Provincial, el hecho de que el contrato no surtiera efecto "es realmente irrelevante puesto que únicamente determinaría que se ha cometido en grado de tentativa" el delito de prevaricación. 

Camps, en el Gran Premio de 2008. Foto: GVA

Asegura que Camps debería haber "solicitado informes a los órganos competentes", es decir a la Abogacía y a la Intervención de la Generalitat sobre la posibilidad de "suscribir una convenio avalando, no operaciones de crédito, sino obligaciones administrativas". Y apostilla que, una vez hechos los informes, se debería haber dado traslado a las partes: Ecclestone, Valmor, las empresas públicas SPTCV y Circuito del Motor, incluso a las entidades que tenían convenio con aquellas. Y que todo ello hubiera necesitado propuesta previa del conseller de Hacienda, Gerardo Camps, de su firma y de disponibilidad presupuestaria. Por ello, afirma que "podría existir una omisión absoluta del procedimiento legalmente establecido", y que cabe atribuir, una "participación relevante en tal decisión" a Camps.

Por último el tribunal le dice a la juez instructora que si tiene posibilidad -si se pidió la prórroga de la instrucción-, siga instruyendo, pero que si por el contrario el plazo de instrucción está finiquitado, que tome una decisión con el auto emitido este martes.

Del resto no hay pruebas concluyentes

El auto analiza también el resto de acusaciones que la Abogacía mantenía contra Camps y que la instructora no abordó en su auto de archivo. Dice el tribunal que existe "una omisión del Juzgado instructor en su labor de análisis y valoración de la mayor parte de las conductas que se reputaban ilícitas" e insinúa que esto era motivo de nulidad de su auto, pero como la Abogacía no solicitó la nulidad, será la Audiencia la que "supla dicha falta de expreso pronunciamiento y valore si existen o no indicios racionales de la comisión de alguno de dichos ilícitos en las concretas conductas que son objeto de investigación".

Concretamente, se centra en dos momentos: la puesta en marcha de la F1 a través de Valmor Sports, empresa privada elegida a dedo, y la asunción por parte de la Generalitat, a partir del segundo año (2009), del canon que Valmor estaba obligada a pagar a la Formula One Administration (FOA) sin recibir nada a cambio.

La elección de Valmor Sports

Sobre lo primero, sostiene el tribunal que "la acción de negociar en favor de una entidad privada, sin que conste ni se alegue que se haya recibido nada a cambio, no constituye conducta prevaricadora, salvo que tenga su reflejo en una resolución o actuación administrativa en la que él (Camps) tomara parte". Añade que "tampoco constituye conducta malversadora, per se, si no se materializa en una distracción o desvío de fondos públicos". Y aunque dice que podría calificarse de "desviación de poder", advierte de que "no toda desviación de poder constituye un delito".

Barberá, Ecclestone y Camps, con los socios de Valmor. Foto: EFE/MANUEL BRUQUE

Y tras otras consideraciones, concluye sobre este punto: "Así, partiendo que la negociación de una autoridad en favor de una entidad privada carece de relevancia penal excepto en los casos más graves y flagrantes en que desemboque en una actuación administrativa groseramente contraria a derecho y ajena al cumplimiento delos fines generales, las diligencias practicadas no permiten sostener fundadamente, en términos prosperables, que la negociación desarrollada por el investigado Señor Camps tuviera como finalidad favorecer al principal involucrado en la mercantil Valmor -D. Jorge Martínez Salvadores ('Aspar')- o retribuirle un futuro apoyo político".

Sobre la acusación de que Valmor era una tapadera, los magistrados creen que "resulta sostenible que los tres socios de Valmor (Aspar, Fernando Roig y Bancaja) decidieran constituir dicha sociedad bajo la perspectiva, que luego resultó ilusoria, de obtener un beneficio económico directo de su actividad".

Por ello, concluye que "las diligencias practicadas no permiten sostener en términos suficientemente fundados -como para afirmar la prosperabilidad de una acusaciónpor delito- que el Sr. Camps, cuando intervino en las negociaciones que fructificaron en el contrato firmado por Valmor Sports y FOA el 1 de junio de 2007, actuara con desviación de poder, en beneficio exclusivo de una empresa privada particular o previendo o contemplando como posible que el proyecto en el que intervino de manera tan relevante pudiera producir un grave perjuicio al erario público". 

Sostiene también que "aun cuando el Sr. Camps también tuviera interés personal, de promoción política personal, en que llegaran a buen puerto dichas negociaciones, negociaba para la ejecución de un proyecto que iba a ser sostenido económicamente por una mercantil privada, que podía generar determinados beneficios para algunos sectores de la sociedad y la economía valenciana".

Jorge Martínez 'Aspar' y Francisco Camps, en 2008. Foto: EFE/BIEL ALIÑO

Un detalle curioso es que gracias a una declaración como testigo del expiloto Adrián Campos, que fue postergado en la organización del Gran Premio pese a haber contado con él al principio, a señalar que por su amistad personal con Ecclestone sabe que "este tiene como regla el negociar directamente con el máximo representante del Estado o Región", la Sala concluye que "la implicación del señor Camps habría sido provocada por el señor Ecclestone" y no por voluntad propia.

El resumen de este extenso primer punto para el tribunal es que "no existen indicios de conducta prevaricadora, ni de autoría del investigado Sr. Camps, en la contratación de Circuito del Motor como organizadora del Gran Premio, en la redacción de su clausulado o en la falta de reclamación de la deuda", esto último en referencia al hecho de que Valmor Sports no pagara a Circuito del Motor los 14 millones que le adeudaba ni la empresa pública se los reclamara.

El canon que asumió la Generalitat

Sobre el canon anual de más de 25 millones de dólares que la Generalitat asumió en lugar de Valmor a partir de 2009 a través de la Sociedad Proyectos Temáticos de la CV (SPTCV), el tribunal comienza por mostrar su extrañeza porque solo se dirija la investigación contra Francisco Camps y no contra el resto del Consell, en especial Gerardo Camps, que era presidente de SPTCV. "No puede hacerse responsable penal al Presidente de toda orden verbal que se indique que procede 'del Consell' en términos generales", afirma.

Sobre la cuestión, sostiene que "dicha decisión tenía un carácter netamente político" y, según la doctrina del Tribunal Supremo, "los actos políticos carecen de relevancia penal a los efectos del delito de prevaricación puesto que no constituyen resoluciones administrativas". Añade que podría calificarse de "desviación de poder", pero lo descarta porque los testigos han afirmado que la finalidad no era favorecer a Valmor sino proseguir con la celebración del Gran Premio.

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