VALÈNCIA. (EP) Las comunidades autónomas tendrán que rendir cuentas ante el Ministerio de Hacienda durante el primer trimestre de 2022 sobre la gestión y ejecución de los 7.000 millones de ayudas directas incluidos en el real decreto ley aprobado ayer por el Gobierno y que entra en vigor esta mismo sábado, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las comunidades, que en un plazo de 40 días dispondrán de las transferencias por parte del Estado, son las que gestionarán estas ayudas, que podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de este año. Después, tendrán tres meses para informar a Hacienda de la ejecución de las mismas.
En concreto, en el primer trimestre de 2022, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla remitirán al Ministerio de Hacienda un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año.
Además, el saldo no ejecutado ni comprometido a 31 de diciembre de 2021 deberá reintegrarse al Ministerio de Hacienda, por lo que las comunidades tendrán que presentar al departamento de María Jesús Montero el informe de sus respectivos órganos de intervención y control en el que se acredite y certifique el importe del reintegro.
Asimismo, en el primer trimestre de 2023 las comunidades autónomas remitirán al Ministerio de Hacienda los reintegros de ayudas derivados del incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión.
El decreto aclara que será "responsabilidad" de las comunidades destinar estos recursos a la finalidad para la que han sido concedidos, por lo que deberán proceder a un "adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales".
Por ello, las comunidades, gestoras de los fondos, serán las responsables de rendir cuentas, en su caso, ante los órganos de control externo, sin perjuicio de las funciones de control y verificación del cumplimiento de estas obligaciones que pudiera realizar la Intervención General de la Administración del Estado, precisa el decreto.
Igualmente, el Ministerio de Hacienda y las comunidades suscribirán un convenio que articule la colaboración entre ambas administraciones de cara a la ejecución de las ayudas directas, que incluirá el intercambio de información entre las administraciones tributarias; la mención en todas las actuaciones y soportes que se utilicen al origen de los fondos que financian estas ayudas, señalándose que son financiadas por el Gobierno de España; y la obligación de suministrar información detallada sobre las convocatorias realizadas y los resultados de las mismas.
Estos convenios deberán firmarse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor este sábado del real decreto-ley y el Ministerio de Hacienda procederá a la transferencia de los fondos correspondientes a cada comunidad dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que adquiera eficacia cada convenio.
De su lado, las empresas beneficiarias de estas ayudas deberán justificar ante el órgano concedente el mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas a 30 de junio de 2022. En caso contrario, se procederá el reintegro de las mismas.