VALÈNCIA (EFE). La paralización de los juzgados por el confinamiento multiplicó el retraso en los procedimientos de familia en la Comunitat y las resoluciones más urgentes, las medidas provisionales sobre menores, para las que la ley fija un plazo de 10 días, han pasado de tardar unos 2 meses a necesitar entre 4 y 9.
“Si presentas ahora una demanda de divorcio con medidas provisionales para poder ver a tus hijos mientras no haya sentencia, la decisión llegará en marzo o abril. Yo tengo ahora unas provisionales que se presentaron en julio. La comparecencia será el 20 de diciembre”, explica el abogado valenciano José Gabriel Ortolá, exdirectivo de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa).
Todos los letrados de familia de la Comunitat consultados por EFE coinciden: el retraso de los juzgados de Familia produce un vacío legal sobre los niños, respecto a pago de manutención o visitas. Ese vacío alcanza los cinco meses en capitales, pero llega a los nueve en los pueblos.
“En Alicante, si presentas ahora una demanda, tendrás medidas provisionales en marzo o abril. Ese día se fijarán las provisionales y posiblemente se celebre el juicio principal”, señala Julia Falcó, abogada de familia de esa ciudad.
“Los juzgados de Familia tienen sobrecarga de trabajo. Eso supone perjuicios graves de derechos de las partes. Salvo para las cosas que sean extremadamente urgentes, como un progenitor que ponga en grave riesgo a un menor o lo quiera sacar del país, todos los procedimientos incumplen los plazos. Fuera de capitales de provincia, este retraso se multiplica por dos”, añade Falcó.
La Aeafa calcula que cuando las crisis familiares deben resolverse en juzgados generalistas, no especializados en esta jurisdicción, el retraso está llegando a los nueve meses de media en toda España.
Lo confirma José Soriano, abogado de familia en Valencia y miembro de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de esta ciudad: “En un partido judicial que no es Valencia presenté una demanda el 24 de abril de 2020. Se admite a trámite el 24 agosto 2020. Y nos citan para las provisionales el 21 de diciembre. Ocho meses. Las provisionales, que no el juicio principal. Y eso con menores implicados”.
“Las situaciones que se están generando son graves. ¿Por qué la ley prevé que en 10 días se adopten unas provisionales urgentes? Para determinar el régimen de convivencia, el uso de la vivienda familiar… pero si esto no se resuelve, se puede estar obligando a mantener la convivencia, o se facilita la utilización de los hijos, se provocan situaciones que producen una confrontación mayor, más problemas en el futuro”, explica Ortolá.
A la situación de retraso en las resoluciones se suman las de colapso y saturación de los servicios complementarios, como por ejemplo los Puntos de Encuentro Familiar. Ortolá relata el caso de un cliente que se vio demandado por supuestos malos tratos a su hijo por su exmujer y madre del niño, un cargo del que ha sido absuelto con todos los pronunciamientos favorables después de un año.
“La demanda se presentó en noviembre de 2019. El cliente tiene la custodia compartida, pero como medida provisional, en tanto no se resuelve la acusación, le mandan a un Punto de Encuentro, con una visita cada quince días, concretamente al de Mislata. El juicio se celebró hace quince días, pero hasta entonces no ha podido ver al niño porque el Punto de Encuentro Familiar está saturado; lo está siempre, pero ahora más con la pandemia, que obliga a restringir el número de personas, etcétera”, relata.
Y concluye: “El niño, que tiene ahora 10 años, no ha podido ver a su padre hasta que la Audiencia Provincial confirmó el sobreseimiento. Las herramientas con las que contamos están previstas para un funcionamiento fluido en el tiempo, pero en esta situación de retraso no son funcionales y se convierten en contraproducentes. Es un maltrato institucional al niño”.
“Si rascásemos en las cosas que ocurren… Hay verdaderos dramas alrededor de la injusticia que se crea por el mal funcionamiento de la Justicia. Un año es mucho tiempo en la vida de un niño”, añade Ortolá.
“Necesitamos más juzgados de familia. València, como tercera capital de España y con más actividad en esta jurisdicción que Sevilla, solo tiene cuatro juzgados de familia. Es insuficiente”, dice Soriano.
La Aeafa lo ha señalado también, y lo confirman tanto Ortolá como Falcó: son necesarios más medios y, muy en concreto, más juzgados especializados.
Los tres juzgados de familia de Alicante no bastan, y más cuando uno debe ocuparse cada semana en procedimientos como internamientos o incapacidades, mientras que Elche “tiene un retraso considerable, y eso que tienen dos juzgados de familia. Pero el segundo, abierto desde hace un año, ya se ha saturado”, explica Falcó.
Con jueces especializados que dicten resoluciones buenas técnicamente se reducirían los recursos y por tanto la litigiosidad, explica Ortolá.
Y concluye explicando que una jurisdicción especializada, dotada de medios y herramientas buenas, como equipos psicosociales que puedan hacer un trabajo digno, no basar un informe tardío en una entrevista y unos test pasados rápidamente, evitarían mucho litigio y un fenómeno que está creciendo, las familias en las que se cronifica la conflictividad. Todo ello supone un alto precio emocional para las personas, junto al elevado coste económico para la Administración.