ALICANTE. Un buen número de los implicados en la batalla de ultras del pasado domingo, prácticamente la totalidad de los radicales locales, se librará hasta de ser sancionados con una multa por un ilícito administrativo, infringir la legislación contra la violencia en el deporte.
La investigación a nivel policial se puede dar por concluida: como adelantó Alicante Plaza, los ultras de Barricada Albinegra se desplazaron hasta Alicante con la intención de agredir a todos aquellos aficionados del Hércules, ultras o no, que se topasen en lo alrededores del Rico Pérez y especialmente en el bar de la calle Aureliano Ibarra en el que suelen concentrarse horas antes de los partidos, entre otros, integrantes de Curva Sur y de otros grupos ya desaparecidos pero con antecedentes policiales.
A nivel judicial, lo normal es que la nómina de tres investigados (imputados) se incremente hasta los 41: ahora mismo hay dos integrantes de Barricada Albinegra y un tercero de Curva Sur en libertad con los cargos de riña tumultuaria y lesiones leves. Casi con toda seguridad a los anteriores se unirán los 38 integrantes del grupo ultra castellonense identificados por la Policía Nacional cuando huían de la zona (algunos de ellos todavía armados con palos), en su caso solo por riña tumultuaria. A todos los anteriores, además, se les va a proponer para sanción por infracciones de la normativa contra la violencia en el deporte (Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte).
Y ahí acaba todo porque de los ultras locales que repelieron lo que la Policía Nacional califica de ataque, a excepción del detenido, resulta harto difícil acreditar su participación (salvo que las grabaciones de móviles y las cámaras de seguridad de la zona revelen datos adicionales que además sean determinantes) en la riña tumultuaria e igualmente sancionarlos administrativamente ya que no pudieron ser identificados (lo hizo la Policía Local que, no lo olvidemos, es la que llevó a cabo las tres detenciones después de poner fin a las hostilidades) hasta casi una hora después de sucederse los hechos y cuando estaban en el bar al que los ultras del Castellón se habían dirigido: esas identificaciones (unas 25) se realizaron en este establecimiento de restauración que permanecía abierto al público y alcanzaron a todos los presentes (incluido el personal del mismo).
Mientras que ampliar el número de investigados es una decisión que corresponde a la magistrada que instruye la causa, la titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante (puede ser también a petición de la Fiscalía), las sanciones por infringir la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte las impone la Subdelegación del Gobierno: las actas policiales levantadas el domingo en el lugar de los hechos, junto a la previa y posterior al partido, se han remitido ya a la Oficina Nacional de Deportes que, ante las conductas recogidas en las mismas, las hará seguir a la Comisión Antiviolencia que a su vez elevará al Ministerio del Interior (la Subdelegación del Gobierno de Alicante en el caso que nos ocupa) las diferentes propuestas de sanción para que decida si finalmente sanciona o no. Estamos hablando de multas que con toda probabilidad rondarían los 3.000 euros, además de la prohibición de acceso a los estadios por un tiempo determinado.
Por lo que se refiere a los delitos de riña tumultuaria y lesiones, si bien se contemplan penas de cárcel, estas son inferiores a dos años, por lo que de haber condena se suspendería la pena de privación de libertad sustituyéndola por una multa (es más, lo lógico es que de producirse, esas condenas sean de conformidad: los procesados se declaren culpables a cambio de la sustitución de la pena privativa de libertad por multa).