Las actas de reconocimiento son un recurso "muy importante" para garantizar el derecho a la vivienda a quienes se encuentren en situaciones económicas "verdaderamente comprometidas", según ha informado la Generalitat en un comunicado. Con este método de prórroga de pago, el inquilino firma un documento mediante el cual reconoce "voluntaria y expresamente" adeudar a la Conselleria una determinada cantidad de dinero.
En el escrito se acuerda entre las partes el establecimiento de un pago aplazado de la deuda contraída y determina la forma y tiempos de abono. El secretario autonómico de Vivienda ha explicado que, con esta medida, se pretende "facilitar el pago de los arrendamientos a las familias que se encuentran en riesgo de exclusión social". Así, ha añadido que, mediante la firma de estas actas, "pueden abonar una cantidad que es asumible para sus ingresos familiares, sin tener que renunciar a sus necesidades básicas vitales".
Previamente a la firma, los técnicos de la EVha estudian la situación concreta de la unidad de convivencia, junto a los servicios sociales municipales que verifican la situación de vulnerabilidad, para determinar las cantidades y plazos a devolver.
Del total de familias que se han acogido al reconocimiento de deuda, 291 pertenecen a la provincia de Valencia, 237 a la de Alicante y 47 a la provincia de Castellón. La firma de estas actas ha supuesto un aplazamiento de un total de 2.183.201 euros, de los que 969.280 euros pertenecen a la provincia de Valencia, 947.007 euros a la de Alicante, y 266.914 euros a la de Castellón.
Para dar a conocer estas medidas, la Conselleria, a través de la EVha, organiza campañas informativas dirigidas a los residentes de las viviendas públicas que incluyen reuniones en las que se explican las medidas implantadas por el Consell para flexibilizar el pago de las rentas de las personas con menos recursos. En estas campañas es "fundamental" la colaboración de los servicios sociales municipales.
Las actas de reconocimiento de deuda permiten aplazar en cinco años o 60 mensualidades el pago de las cuotas pendientes a razón de un mínimo 30 euros al mes, más la mensualidad de la renta correspondiente. En casos excepcionales en los que no puedan asumir tal cantidad, la Conselleria ajusta el pago para adecuarlo a sus condiciones económicas.