Castellón Plaza

el juez anula la junta en la que una rama de los rubio se hizo con la mayoría en el consejo

Cisma familiar en la empresa de embalaje Green Box

  • Foto: GREEN BOX
Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA. Nuevo conflicto familiar en una empresa valenciana, en este caso la firma Green Box, especializada en soluciones logísticas para el embalaje en el sector agroalimentario, ubicada en Alcàsser y propiedad de la familia Rubio. El juez de lo Mercantil número 3 de Valencia dictó el pasado 11 de abril una sentencia que deja sin efecto el acuerdo de una junta de accionistas de 2020 en la que la familia Rubio Verdeguer se hizo con la mayoría en el consejo de administración que hasta entonces compartía con la familia Rubio Soto.

En aquella junta, celebrada el 5 de agosto de 2020 y calificada por el juez de "clandestina", se retiró a dos de los administradores sus derechos políticos en la sociedad y se les prohibió el acceso a la compañía. Concretamente, y según la sentencia a la que ha tenido acceso Valencia Plaza, el juez deja sin efecto el acuerdo de la junta general mediante el cual se cesaba a dos consejeros titulares de casi la mitad de las acciones, exactamente del 49,44%.

Antes de aquella fecha, el consejo de administración estaba formado por cuatro personas: José Rubio Gradolí, en representación de la sociedad Sogesbox, que tiene el 50,56% de Green Box; su hijo José Rubio Verdeguer; Juan Rubio Gradolí, en representación de Agromaele, como consejero delegado, y su hija Elena Rubio Soto.

El magistrado considera no válidos los ceses de Juan Rubio Gradolí y Elena Rubio Soto. La sentencia afirma que "el mero ardid" diseñado y ejecutado por José Rubio Gradolí para cesar a ambos consejeros contraviene "el orden público societario" con el único fin de "desplazar" a Agromaele del control de la sociedad, "con efectiva lesión de sus derechos políticos de información, asistencia, deliberación y voto en Junta".

La sentencia afirma que "el bloque de control societario propició la convocatoria paralela de una segunda junta para el mismo día del 5 de agosto de 2020" y que, "en efecto, la celebración de la junta en esas condiciones suponía una deformación del borrador del acta del consejo de administración que incorporaba el acuerdo de convocatoria de junta", pues "los actores y administradores de la sociedad nunca consintieron la celebración de la junta en la forma en que finalmente se hizo". 

"Junta paralela"

A pesar de ello, el bloque mayoritario de control aprovechó la celebración de "una suerte de junta paralela", incorporando espontáneamente durante su celebración puntos de discusión adicionales que no tenían por qué estar en el orden del día", lo que, según el juez, "revela el propósito de su comportamiento". 

Concluye la sentencia que el procedimiento elegido fue pues, una maniobra del socio mayoritario, Sogesbox, representada por José Rubio Gradolí, para que pasara desapercibida la convocatoria de la junta general del 5 de agosto de 2020 en la que se cesó a los dos miembros minoritarios, con defecto de convocatoria "al haberse celebrado esa junta de manera clandestina, para la privación de los derechos políticos que asisten a los actores y por el solo propósito de la mayoría social de provocar su cese como administradores".

Añade la dura sentencia que "la estrategia confusionista del socio mayoritario se evidencia por el extremo de que en la junta notarial de 5 de agosto de 2020 forzase adicionalmente la discusión sobre el cese del socio minoritario y su representante en el consejo de administración y, desde el día siguiente, se impidiese su acceso al domicilio social".

La sentencia, además de considerar ilícitos estos dos ceses, declara "la nulidad de todos los acuerdos sociales adoptados" en esa junta general, entre los que se encuentra la designación como nueva consejera de María del Carmen Rubio Verdeguer, hija de José Rubio Gradolí. El juez obliga a la demandada Green Box al pago de las costas procesales.

Según la última memoria depositada en el Registro Mercantil, correspondiente al ejercicio 2020 -año de la pandemia-, Green Box alcanzó una facturación de 12,97 millones de euros y un beneficio neto de 1,28 millones. En 2019 la facturación fue de 13,55 millones y el beneficio neto de 1,53 millones.

Recibe toda la actualidad
Castellón Plaza

Recibe toda la actualidad de Castellón Plaza en tu correo

Economía frena la creación de la Societat Fira Valencia para completar la memoria económica
Rosa Pérez apretó a los consellers para que no se 'borren' de Les Corts y evitó una regañiña oficial